¿Tengo que hacer el cursillo si ya tengo perro? Esto es lo que dice la Ley de Bienestar Animal en el BOE

Perder de vista a nuestras mascotas no es una opción.
Perder de vista a nuestras mascotas no es una opción.
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Perder de vista a nuestras mascotas no es una opción.

Esta semana, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, por lo que se han podido despejar algunas dudas concretas que quedaban en torno a esta nueva normativa, como la relacionada el cursillo obligatorio para los dueños de los perros. 

Esta nueva norma, que entrará en vigor a partir del 29 de septiembre de 2023, incluye en su Capítulo II una serie de medidas relacionadas con las condiciones de tenencia de animales de compañía tanto en domicilios como en espacios abiertos, de tal modo que se garanticen sus derechos y su protección.  

"En particular, respecto a las personas propietarias de perros, se establece la obligatoriedad de haber realizado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos en el manejo, cuidado y tenencia de animales", indica la ley. 

¿Quién tiene que hacer el curso? 

Em concreto, es el Artículo 30 de la mencionada Ley de Bienestar Animal el que versa sobre el curso obligatorio que se debe realizar para poder tener un perro, resolviendo la duda de quiénes son las personas que tienen que hacer este curso. 

"Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida", se puede leer. 

Esto quiere decir que tanto las personas que quieran tener un perro como aquellas que ya lo tengan deberán acreditar que han hecho el curso de formación, ya que de lo contrario deberán pagar una multa.

Este curso de formación será gratuito y su contenido se determinará reglamentariamente. Lo que sí que habrá que pagar será un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.

20minutos

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