Quiénes pueden deducirse hasta 1.000 euros en el IRPF por el alquiler de una vivienda con las ayudas de la Comunidad de Madrid

Declaración de la renta de 2022
Declaración de la renta de 2022
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Declaración de la renta de 2022

El inicio de la campaña de la Declaración de la Renta 2022-2023 está a la vuelta de la esquina. De hecho, a partir del próximo martes 11 de abril los ciudadanos ya podrán empezar a presentar sus declaraciones de forma online y por esta razón resulta necesario tener en cuenta las deducciones que pueden aplicarse. En la Comunidad de Madrid existen más de una decena de deducciones autonómicas y entre ellas destaca una deducción en el IRPF por el alquiler de una vivienda.

Según destacan desde la Comunidad, las personas menores de 35 años se podrán aplicar una deducción en el IRPF del 30% de las cantidades que hayan sido destinadas al alquiler. Sin embargo, aquellos contribuyentes que tengan más de 35 años pero menos de 40, que hayan estado desempleados y a cargo de al menos dos familiares, tanto ascendientes como descendientes también podrán beneficiarse. Cabe destacar que, para poder tener la consideración de desempleado, el contribuyente tendrá que haber estado inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante al menos 183 días.

La cuantía máxima que podrá ser deducida es de 1.000 euros anuales tanto en las declaraciones que se presenten de manera individual como conjunta. Por su parte, las bases imponibles no podrán ser superiores a los 25.620 euros en las declaraciones individuales, ni tampoco a los 36.200 euros en las conjuntas. Además, la suma de las bases de la unidad familiar no podrán superar los 60.000 euros anuales.

Resulta necesario destacar que la cuantía destinada al arrendamiento tiene que constituir más del 20% de la suma de las bases imponibles. Además, para poder aplicarse esta deducción los contribuyentes tendrán que contar con una copia del resguardo del depósito de la fianza o con una copia de la denuncia presentada en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid en caso de que el arrendador no haya entregado a los inquilinos dicho documento. 

El contribuyente también deberá haber liquidado el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados derivado del arrendamiento de la vivienda para poder beneficiarse de esta deducción autonómica.

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