Vivienda

10 consejos de la OCU para prevenir la inquiokupación de tu casa

Inquiokupación.
20M EP

La actual crisis económica, la precariedad y la cada vez más encarecida situación a la hora de alquilar o comprar una vivienda hacen que hayan aumentado los casos de lo que se conoce como inquiokupación, es decir, aquellos inquilinos que no pueden pagar el alquiler y tampoco abandonan la vivienda que tienen arrendada por su vulnerabilidad económica.

"Es evidente que hay que protegerlos, pero no a costa de unos arrendadores que a veces son igualmente vulnerables y se ven ahogados por la situación", indica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que ha publicado un total de 10 consejos con los que evitar esta situación. 

10 recomendaciones para evitar la inquiokupación

Aquellos propietarios que tengan alguna vivienda para poner en alquiler pueden seguir una serie de consejos con el objetivo de evitar la inquiokupación, tal y como recoge la OCU:

  • El inquilino debe probar su solvencia con justificantes de ingresos regulares, que cuadren con lo que declara a Hacienda (nóminas, declaraciones...). Se puede consultar ficheros de morosos como FIM o BDMI.
  • Desconfía de quien te ofrezca un pago elevado por adelantado.
  • Fija una renta asequible (lo ideal es que no sobrepase el 30% de los ingresos del inquilino).
  • Usa un contrato de arrendamiento equilibrado como el que te proponemos aquí.
  • Exige en el momento de la firma que el inquilino aporte las garantías que la ley permite: un mes de renta como fianza, dos como garantías adicionales, más el mes en curso.
  • Pon la titularidad de los contratos de suministro (electricidad, gas, agua...) a nombre del inquilino, para que sea el responsable directo de su pago.
  • Si el inquilino deja de pagar, se le puede avisar por mail o WhatsApp.
  • Si tienes seguro de impago de rentas, da el parte para que reclamen el dinero por ti.
  • Si siguen sin pagar la renta, reclámalo de manera fehaciente: envía al inquilino un burofax con acuse de recibo y certificación de texto. Precisa los periodos debidos y las cantidades, y señala una fecha tope para satisfacerlas. Indica que, de no hacerlo, acudirás a la inscripción en un registro de morosos.
  • Si el inquilino no responde a tu requerimiento fehaciente de pago, tendrás que instar un juicio, solicitando el desahucio y reclamando la deuda que se vaya acumulando: te conviene esperar 30 días, para dar la opción de que el deudor pague la deuda de golpe.

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