Extremadura

Cómo votar por correo para las elecciones autonómicas de Extremadura del 28 de mayo 2023

Más de 211.000 madrileños han enviado ya su voto por correo para las elecciones del 4 de mayo
ALBERTO ORTEGA

Hoy, 4 de abril, se abre el plazo para solicitar el voto por correo de cara a las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo de 2023 en Extremadura, al haberse publicado la convocatoria de los comicios en el Diario Oficial de Extremadura (DOE). Cualquier ciudadano puede solicitar votar por correo, algo que debe solicitar en unos plazos determinados ante la Oficina del Censo Electoral. 

Es corriente, por lo tanto, que aquellos votantes que deseen votar por correo se encuentren con preguntas frecuentes. ¿Dónde hay que pedirlo? ¿Qué documentos se deben presentar? ¿Qué plazos hay que cumplir?

El voto por correo debe pedirse en Correos

Para solicitar el voto por correo, los votantes deben dirigirse a una oficina de Correos. Pueden hacerlo desde hoy y hasta diez días antes de la celebración de las elecciones en Extremadura (es decir, el 18 de mayo de 2023), como está establecido en la normativa española. Simplemente se debe ir en persona y presentar el DNI original, así como rellenar el impreso del voto por correo (el certificado de inscripción en el censo). Una vez solicitado el voto por correo será imposible vota de forma presencial el día de las elecciones. 

En la solicitud del voto por correo se ha de incluir una dirección a la que se remitirá todo lo necesario para votar por correo. Correos remitirá la solicitud a la Oficina del Censo Electoral, que será la encargada de enviar al solicitante la documentación necesaria en el plazo de tres días.

El plazo para votar por correo termina el 24 de mayo

Una vez solicitado el voto por correo, la Oficina del Censo Electoral remitirá al solicitante (que deberá recibir el propio solicitante en persona) una serie de documentos:

  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a las elecciones.
  • Un sobre de votación.
  • El certificado de inscripción en el censo.
  • Un sobre en el que estará escrita la información de la mesa electoral del votante.
  • Una hoja explicativa.

Una vez recibida la documentación, debe elegir la papeleta de la formación política a la que se haya decidido votar e introducirla en el sobre electoral. El sobre electoral y el certificado de inscripción en el censo electoral deben introducirse en el sobre con la información de la mesa electoral del solicitante. Es importante no introducir ningún documento más, ya que de lo contrario el voto será considerado nulo. 

Una vez completado el proceso, se debe llevar el sobre a una oficina de Correos y enviarlo por correo certificado urgente (no se puede enviar por correo ordinario a través de un buzón pues se consideraría nulo. La fecha límite para hacerlo es hasta 4 días antes de las elecciones, es decir, el 24 de mayo de 2023)

Este proceso puede realizarse de forma simultánea para las elecciones municipales.

Correos trasladará los votos a la mesa electoral el día de las elecciones

El 28 de mayo, día de las elecciones autonómicas en Extremadura, Correos enviará todos los sobres de los votos por correo a las mesas electorales correspondientes, y se seguirán trasladando los envíos postales que lleguen a lo largo del día, hasta el cierre de los colegios a las 20.00 horas. A esa hora y antes de comenzar el recuento, la mesa electoral introducirá en la urna los votos por correo.

Requisitos para votar por correo

Hay una serie de condiciones que hay que cumplir para votar por correo en las elecciones autonómicas de Extremadura.

  • Se debe acudir presencialmente para solicitar el voto por correo, y con el DNI de original. La única excepción es si el solicitante está enfermo (con el correspondiente certificado médico) y emite un poder notarial o consular a otra persona para que actúe en su nombre.
  • A la hora de enviar el voto por correo, se debe acudir presencialmente a la oficina de Correos y solicitar que la forma de envío sea correo certificado urgente.

Cómo votar por correo desde el extranjero

Los residentes en el extranjero pueden votar en las elecciones autonómicas, tanto si son temporales como de larga duración, a través del consulado que les corresponda (donde deben estar dados de alta). Es el mismo consulado quien les remitirá la documentación, que deberán enviar por correo certificado en el plazo que se les indique en el consulado.

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