Baleares

Quiénes pueden deducirse el alquiler de una vivienda en Baleares en la declaración de la Renta 2022-2023

Declaración de la Renta.
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2022-2023 dará comienzo el próximo 11 de abril y finalizará el 30 de junio, periodo en el que los baleares podrán realizar los trámites mediante tres canales y siguiendo un calendario: de forma online, a través del portal Renta WEB, desde el 11 de abril; de forma telefónica, con cita previa desde el 5 de mayo; y de forma presencial desde el 1 de junio en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Entre las distintas deducciones autonómicas que se contemplan en Baleares se encuentra la del arrendamiento de la vivienda habitual a favor de determinados colectivos, por el cual se podrán desgravar el 15% de los importes satisfechos en el periodo impositivo por el arrendamiento de la vivienda habitual con un importe máximo de 440 euros.

Requisitos y otras condiciones

Entre los requisitos y otras condiciones para la aplicación de esta deducción, el contribuyente debe cumplir alguna de las siguientes circunstancias:

  • Ser menor de 36 años.
  • Persona con un grado de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% o con un grado de discapacidad psíquica igual o superior al 33%.
  • Padre o padres que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia monoparental con dos o más hijos o hijas.
  • Padre o padres que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia numerosa.
  • Que se trate del arrendamiento de la vivienda habitual del contribuyente, ocupada efectivamente por este, y que la duración del contrato de arrendamiento sea igual o superior a un año.
  • Que, durante al menos la mitad del período impositivo, ni ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares de otra vivienda distante a menos de 70 kilómetros de la vivienda arrendada, excepto en los casos en que la otra vivienda se encuentre ubicada fuera de las Illes Balears o en otra isla.
  • Que el contribuyente no tenga derecho en el mismo período impositivo a ninguna deducción por inversión en vivienda habitual.
  • Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente no supere las siguientes cuantías: 33.000 euros en tributación individual y 52.800 euros en tributación conjunta.
  • En caso de tributación conjunta, solo podrán beneficiarse de esta deducción los contribuyentes integrados en la unidad familiar que cumplan las condiciones establecidas y por el importe de las cuantías efectivamente satisfechas por estos.

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