Estas son las principales novedades para la Declaración de la Renta 2022-2023 en Andalucía

Mujer haciendo cálculos.
Mujer haciendo cálculos.
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Mujer haciendo cálculos.

La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022 está a punto de comenzar, puesto a que a partir del próximo martes 11 de abril los contribuyentes declarantes del IRPF ya podrán empezar a realizar sus declaraciones por internet. Por su parte, aquellos que prefieran hacerlo por teléfono tendrán que esperar hasta el 5 de mayo, mientras que la fecha de inicio para los que deseen realizarlo presencialmente es el 1 de junio. No obstante, siempre será necesario pedir cita previa. Por este motivo, resulta de gran utilidad conocer la principales novedades fiscales en Andalucía que esta trae consigo la campaña 2022-2023.

Deflactación de los tramos del IRPF

Una de las novedades más conocidas es la deflactación del gravamen autonómico del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (IRPF), medida tomada por la Junta de Andalucía con el fin de compensar la inflación. En concreto, se ha deflactado un 4,3% la tarifa de los tres primeros tramos, por lo que los nuevos han quedado de la siguiente manera:

  • Primer tramo con base liquidable hasta los 13.000 euros: 9,5%
  • Segundo tramo desde los 13.000 hasta los 21.100 euros: 12%
  • Tercer tramo desde los 21.100 hasta los 35.200 euros: 15%
  • Cuarto tramo desde los 35.200 hasta los 60.000 euros: 18,5%
  • Quinto tramo desde los 60.000 euros en adelante: 22,5%

Deducción por gastos educativos

La inclusión de una deducción por gastos educativos es una de las novedades que ayudará al bolsillo de los padres andaluces. En concreto, los contribuyentes podrán aplicarse una deducción del 15% de las cantidades que hayan destinado a la enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o ambas. La cuantía máxima que podrán deducirse será de 150 euros al año por cada niño y la suma de las bases en la tributación individual no podrá superar los 80.000 euros, mientras que cuando se presenta la declaración conjunta el límite serán 100.000 euros.

Donativos con finalidad ecológica

En esta campaña también se ha incluido una nueva deducción por donativos que hayan sido realizados con finalidad ecológica durante el periodo impositivo. Concretamente, los andaluces podrán aplicarse una deducción del 10% de las cantidades donadas tanto a entidades públicas dependientes de la Junta de Andalucía que se dediquen a defender y conservar el medio ambiente, como a organizaciones sin fines de lucro. La cantidad máxima que podrá ser deducida es de 150 euros.

Modificaciones en otras deducciones

En otras deducciones que los andaluces ya se aplicaron en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2021 se han incorporado algunos cambios. La cuantía de la deducción por nacimiento, adopción o acogimiento de menores se ha incrementado de 50 a 200 euros. Además, en caso de que se resida en un municipio con riesgo de despoblación la cantidad se elevará hasta los 400 euros y las bases imponibles han variado de los 19.000 a los 25.000 euros anuales en la declaración individual y de los 24.000 a los 30.000 en la conjunta.

Asimismo, los contribuyentes que tengan una discapacidad reconocida con un grado igual o superior al 33% podrán deducirse una cantidad de 150 euros, en lugar de los 100 euros que solían ser hasta el año anterior. Las bases imponibles tanto de esta deducción como la de la destinada a contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad también han cambiado y son iguales a las nuevas bases de la deducción anteriormente mencionada.

La deducción por ayuda doméstica también trae cambios positivos. A partir de este año los contribuyentes mayores de 75 podrán beneficiarse de ella. Además, hasta el año pasado los andaluces podían deducirse el 15% con una cantidad máxima de 250 euros, mientras que en esta declaración las personas podrán deducirse el 20% con un límite de 500 euros anuales.

De las deducciones relacionadas con la vivienda, solamente la destinada a las cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual ha cambiado. Anteriormente, los contribuyentes declarantes solo podían deducirse el 15% de la cantidades y el límite se situaba en los 500 euros. Ahora la cantidad máxima es de 600 euros y además de poder beneficiarse las personas menores de 35 años también podrán hacerlo los mayores de 65 años, las víctimas de violencia de género o de terrorismo. La suma de las bases imponibles también ha cambiado y es igual a los casos anteriores.

20minutos

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