Elecciones Autonómicas

Cómo votar si vives en el extranjero en las elecciones del 28 de mayo 2023

El próximo 28 de mayo de 2023, todos los ciudadanos y ciudadanas tienen una cita con las urnas. Este domingo se celebrarán las elecciones municipales en todo el país, concretamente en un total de 8.131 municipios. Además, también tendrán lugar las elecciones autonómicas en las siguientes regiones: Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, La Rioja, Ceuta y Melilla.

En este sentido, el plazo para votar por correo en estos comicios ya ha comenzado. Desde el 4 de abril y hasta el 18 de mayo se podrá solicitar el voto por correo en España. Pero, ¿qué pasa si resides en el extranjero? Como detalla La Moncloa en un comunicado, se podrá votar para elegir las nuevas corporaciones de forma presencial en el centro de votación que se habilite en el país extranjero, o bien, enviar el voto por correo hasta el 22 de mayo.

Cómo preparar la votación, paso a paso

Por un lado, los españoles residentes en el extranjero deberán estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular y en el censo de lectores residentes ausentes (CERA). Así, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio a la dirección de la inscripción de cada persona de nacionalidad española inscrita en el CERA que viven en el extranjero la siguiente documentación:

  • Sobres de votación.
  • Dos certificados idénticos que acrediten estar inscrito en el CERA.
  • Sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial.
  • Sobre dirigido al Consulado o Embajada.
  • Una hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho de voto.
  • La relación de centros habilitados para el depósito de voto.

El envío de la documentación por la Oficina del Censo Electoral se tendrá que realizar desde el 22 hasta el 28 de abril, "si bien a este plazo habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero". La oficina enviará las papeletas a la dirección de cada elector "partir del 3 de mayo y no más tarde del 7 de mayo, en aquellas provincias donde no hubiera sido impugnada la proclamación de candidaturas, y en las restantes no más tarde del 13 de mayo".

Para preparar el voto, se introducirá la papeleta correspondiente a la candidatura elegida dentro del sobre de votación. En dicho sobre se incluirá la papeleta, uno de los certificados de inscripción en el censo, fotocopia del pasaporte o del DNI, o certificación de nacionalidad o inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Los electores podrán emitir el voto en las urnas dispuestas en la Embajada o Consulado, o bien, en los centros habilitados, entre el 20 y el 25 de mayo. "Deberá entregar al funcionario consular, previa acreditación de su identidad, el segundo certificado de inscripción en el censo y depositar el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial", indica el Gobierno. También se podrá remitir por correo certificado hasta el 23 de mayo.

¿Y si resido fuera pero estoy en España?

En el caso de aquellos residentes ausentes que se encuentren temporalmente o de vacaciones en España cuando se produzcan los comicios, podrán solicitar el voto por correo desde el 4 de abril hasta el 18 de mayo. "Para ello, deberás cumplimentar una solicitud en Correos y dirigirla a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral", aclara. Una vez recibida toda la documentación electoral, se podrá enviar el voto por correo certificado hasta el 24 de mayo, cuatro días antes de las elecciones. 

20minutos.es líder en los diarios más leídos en internet. Consulta las últimas noticias en el diario gratuito de referencia en España.

loading...