La Ley de Bienestar Animal prohíbe tener más de cinco animales en casa: ¿Qué hago si convivo con más?

Una chica junto a un grupo de perros en una foto de archivo.
Una chica junto a un grupo de perros en una foto de archivo.
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Una chica junto a un grupo de perros en una foto de archivo.

La nueva Ley de Bienestar Animal trae consigo una batería de nuevas normas que afectan tanto a los tutores de perros, gatos y otros animales de compañía, como a aquellas asociaciones y entidades que se dedican al rescate y cuidado de animales en situación de abandono o maltrato animal.

De hecho, uno de los puntos importantes de esta normativa es la prohibición de convivir con más de cinco animales de compañía, número a partir el cual se necesitará tener un permiso, en caso de ser un hogar; o una licencia de núcleo zoológico, en el resto de los casos.

Los refugios de animales y aquellas protectoras o asociaciones que tengan un albergue, así como las residencias de animales de compañía, son consideradas núcleos zoológicos, ya que éstos se definen como establecimientos que tienen como actividad el alojamiento temporal o definitivo de animales de compañía, excluyéndose los centros veterinarios. 

Pero, ¿qué pasa si nosotros convivimos con más de cinco animales en nuestro hogar una vez entre en vigor la nueva ley el 29 de septiembre? ¿Necesitamos convertirnos en núcleo zoológico?

Permiso para ampliar la familia "peluda"

Hasta la fecha, los criterios para establecer un número límite de animales de compañía en el hogar eran responsabilidad de los ayuntamientos y comunidades autónomas, por lo tanto, podríamos encontrar muchas disparidad entre ellas. Es por este motivo que la ley estatal pretende unificar los criterios, estableciendo en todo el territorio nacional el máximo de cinco animales de compañía.

No obstante, a falta de los reglamentos, la normativa tan solo hace referencia a un máximo de cinco perros y gatos (estando pendiente aún saber si incluirá otras especies como hurones, conejos u otros animales). Pero, ¿y si es nuestro caso?

En una sociedad donde cada vez convivimos más con los animales, no es de extrañar que podamos tener una familia numerosa peluda, por lo que, si tenemos más animales en casa, tendremos que acudir a nuestro Ayuntamiento a solicitar un permiso, quién valorará nuestro caso de forma individual y, probablemente, basándose en un informe veterinario que acredite el bienestar de los animales (aunque todavía no hay nada formalizado en cuanto al proceso y los criterios).

De convivir con más animales y no notificarlo o solicitar el permiso, los tutores se enfrentan a posibles sanciones que, según la gravedad (si tan solo tenemos un animal más en casa o, por lo contrario, estamos poniendo en riesgo la salud de nuestros vecinos, la nuestra o la de los propios animales), pueden ir desde los 500 a los 200.000 euros.

Entidades de protección animal con núcleos zoológicos

La nueva Ley de Bienestar Animal diferencia entre varios tipos de entidades de protección animal, según su función:

  • De tipo RAC: aquellas que llevan a cabo actividades de rescate, rehabilitación y búsqueda de adopción de animales de compañía en situación de abandono, maltrato, desamparo y otras situaciones.
  • De tipo RAD: aquellas que se dedican al rescate y rehabilitación de aquellos animales que aun siendo de producción no se destinen a un fin comercial o con ánimo de lucro. 
  • De tipo RAS: aquellas que se dedican al rescate y rehabilitación de animales silvestres procedentes de cautividad), será necesaria siempre la autorización o licencia del núcleo zoológico, siempre que haya un espacio destinado a los animales.
  • De tipo GCOF: aquellas entidades colaboradores en gestión de colonias felinas de gatos comunitarios.
  • De tipo DEF: aquellas entidades dedicadas a la concienciación, promoción de la adopción y defensa jurídica de los animales.

Entre estos tipos, tan solo los de tipo RAC, RAD y RAS, necesitarán contar con una autorización o licencia de núcleo zoológico para mantener de forma legal a los animales en un espacio o centro dedicado a ello, siempre que se posea (ya que hay algunas organizaciones que trabajan con casas de acogida o en colaboración con residencias de animales).

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