Condenado a 14 años de cárcel el hombre que asesinó a su proveedor de droga en Chapela

Manuel M.B., en una imagen de archivo.
Manuel M.B., en una imagen de archivo.
EUROPA PRESS
Manuel M.B., en una imagen de archivo.

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, de acuerdo con el veredicto del Tribunal de Jurado, ha condenado a 14 años de cárcel al hombre que asesinó a su proveedor de cocaína en el barrio redondelano de Chapela.

Los hechos ocurrieron el 27 de enero de 2021 y para él, Fiscalía solicitaba una pena de 14 años y 11 meses de prisión, aunque finalmente el tribunal estableció 14 años.

Muerte por asfixia

El jurado, tal como se recoge en la sentencia, consideró probado que el acusado acudió al domicilio de la víctima, quien se negó a fiarle la compra de cocaína, portando una cinta adhesiva de embalar y unos guantes de látex.

Al negarse a entregarle la droga, el condenado, según el relato de los hechos probados del fallo, se dirigió al baño del inmueble, donde se colocó los guantes y, a continuación, "fue por la espalda de la víctima y le pasó el brazo por el cuello, comprimiéndolo, al tiempo que le tapaba la nariz y/o boca, ocasionándole la muerte por asfixia".

La presidenta del Tribunal del Jurado indica en la resolución que, a continuación, amordazó a su proveedor de droga, lo ató de pies y manos, le colocó un chaleco encima del rostro y huyó, llevándose el móvil y las llaves de la casa de la víctima.

"Conocía el riesgo de que podía causarle la muerte al bloquearle la respiración, aunque este resultado no fuera el deseado, y aun así decidió hacerlo", subraya la sentencia, en la que destaca que la agresión se produjo "por detrás, cuando el afectado se encontraba sentado, cenando y con la boca llena, y ajeno a lo que iba a suceder, de manera que no tuvo ocasión de defenderse".

Atenuantes

El ahora condenado, una vez detenido y durante el curso de la investigación, reconoció parcialmente los hechos y ayudó a recuperar el terminal y las llaves del fallecido, por lo que se ha tenido en cuenta la atenuante de confesión.

Además, también se ha aplicado el atenuante de drogadicción ya que, en el momento de los hechos, el acusado estaba diagnosticado de un trastorno de personalidad con déficit de control de impulsos y de un trastorno por uso de sustancias (principalmente alcohol y cocaína).

La sentencia no es firme y contra la misma cabe presentar recurso ante del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Mostrar comentarios

Códigos Descuento