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Del aborto a la educación: el plan de choque del Constitucional progresista asegura el aval a grandes leyes del PSOE y el Gobierno

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
TC

La formación, a principios de año, de un Tribunal Constitucional de mayoría progresista propiciado por el nombramiento de cuatro nuevos magistrados -dos a elección del Gobierno y otros dos propuestos por el CGPJ-, y la designación de Cándido Conde-Pumpido como presidente del órgano han asegurado desde hace meses el aval a varias leyes de calado del Gobierno y del Partido Socialista. Conde-Pumpido ya anunció desde un inicio que apretaría el acelerador para abordar varias sentencias pendientes de enorme trascendencia. El respaldo del tribunal a la 'ley Celáa', avalada íntegramente esta misma semana, es la última muestra de esta hoja de ruta que la corte de garantías mantiene desde principios de año.

La misma fortuna han compartido previamente la ley del aborto impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010 y la ley de la eutanasia del Ejecutivo de Pedro Sánchez, recurridas por el PP y Vox y respaldadas sin matices por el tribunal que preside Conde-Pumpido. Dos normas que han salido airosas del examen de un Tribunal Constitucional de mayoría progresista, pues de las 12 sillas que conforman su Pleno hay siete ocupadas por jueces de esta sensibilidad, otras cuatro que corresponden a magistrados conservadores y una última que está vacía.

El asiento que quedó libre tras la marcha del magistrado Alfredo Montoya por cuestiones de salud en julio de 2022 no ha encontrado todavía un sucesor. La tarea de escogerlo corresponde al Senado, que actualmente trabaja en ello valorando distintas opciones. La elección de Montoya formaba parte de la cuota de magistrados elegidos por el Partido Popular, por lo que el juez que ocupe su puesto debería ser, en teoría, de sensibilidad conservadora.

La ley del aborto, avalada 12 años después

En el mes de enero, un recién investido Cándido Conde-Pumpido mostraba su intención de "acelerar la resolución de asuntos, tanto los que tienen más antigüedad como aquellos que revisten mayor repercusión social y política". El primer paso era estudiar la ley de plazos del aborto que Zapatero había impulsado en 2010 y el Partido Popular había recurrido ese mismo año. Para ello, el Constitucional debía afrontar primero las recusaciones presentadas por cinco exdiputados del PP -entre ellos el exministro de Defensa Federico Trillo- contra Concepción Espejel, Juan Carlos Campo, Laura Díez y el propio Conde-Pumpido. La corte decidió rechazar el recurso alegando que estos cinco exdiputados carecían de "legitimación a título particular" para presentar la recusación, y superado este escollo pasó a valorar la ponencia del togado conservador Enrique Arnaldo.

El ponente elaboró un borrador que daba el visto bueno a todos los preceptos de la ley excepto a uno, señalando que la entrega del médico a la paciente, en sobre cerrado, de la información vinculada a la interrupción del embarazo no garantiza el consentimiento informado.

La mayoría progresista del Pleno se opuso a esta consideración y Conde-Pumpido delegó la redacción de un borrador que reflejara el sentir mayoritario del órgano a la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, que a día de hoy está ultimando los detalles del mismo. 

El respaldo a la ley de la eutanasia

Una vez avalada la ley del aborto, el siguiente objetivo marcado por Conde-Pumpido fue la ley de la eutanasia impulsada por el Gobierno y aprobada en 2021. Pero antes de afrontar aquel debate, la corte de garantías debía estudiar toda una serie de recusaciones presentadas por el PP, Vox y en ocasiones Ciudadanos contra varios magistrados progresistas. El Constitucional estudió este asunto a mediados de febrero y convino rechazar hasta 19 recusaciones. Entre todas ellas, el Pleno descartó el recurso interpuesto contra Juan Carlos Campo y Laura Díez (ambos nombrados por el Gobierno a finales del año pasado) en la ley de la eutanasia y la ley Celáa, si bien el propio Campo decidió no intervenir en el debate sobre esta última norma.  

Pasado un mes, el 22 de marzo la corte de garantías decidió -por nueve votos a favor y dos en contra- rechazar el recurso presentado por Vox contra la ley de la eutanasia. El partido de Santiago Abascal impugnó la norma por dos cuestiones principales. La primera, de carácter formal, fue el procedimiento de aprobación de la ley. En este sentido, Vox denunciaba que el origen del articulado fue una proposición de ley orgánica en el Parlamento, lo que a sus ojos constituía un "fraude de ley" al restringir el debate de las Cámaras. El segundo pilar del recurso de Vox era que la eutanasia vulnera frontalmente el derecho a la vida. 

Ambos argumentos fueron contradichos por el texto elaborado por Ramón Sáez y apoyado por la mayoría de sus compañeros del Constitucional. La Constitución no exige una protección de la vida de carácter "absoluto" que pueda obviar la voluntad de quien la vive, según interpreta la sentencia del tribunal, que cuenta sin embargo con tres votos particulares discrepantes emitidos por los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y María Luisa Balaguer.

La ley de educación

También durante el mes de marzo se produjo en el seno de la corte de garantías el debate sobre la ley de educación elaborada por la exministra Isabel Celáa. La ponencia corría de cargo del magistrado conservador Ricardo Enríquez, que planteo rechazar dos cuestiones de la norma elaborada por el Gobierno de coalición. Una de las objeciones de Enríquez fue que la norma obligue a la Administración a tener en cuenta la voluntad de las familias de estudiantes con necesidades especiales cuando quieren educarlos en centros ordinarios, pero no en los casos en los que quieran elegir un centro de educación específica.

Asimismo, el magistrado puso objeciones al rechazo de cualquier ayuda pública dirigida a centros privados que segreguen a niños y niñas. Según Enríquez, este aspecto debía ser declarado inconstitucional, pero los siete magistrados progresistas -frente a los cuatro conservadores- votaron en contra de que este planteamiento figure en la ponencia. En esta ocasión, el ponente se prestó a elaborar un nuevo borrador acorde con la postura de la mayoría del Tribunal, y la sentencia fue aprobada el pasado martes

La decisión ha sido muy contestada por las familias de alumnado con discapacidad, ya que consideran que la norma no tiene en cuenta a las familias que defienden que sus hijos acudan a un centro especializado para conseguir su máximo potencial. Hace solo dos meses, un manifiesto secundado por una veintena de organizaciones por el derecho de los padres a elegir la educación que quieren para sus hijos ya advertía de que la Lomloe quita la potestad a la familia para elegir la educación del menor con discapacidad y se la da a un profesional, al establecer que será esta figura la que evalúe y valore qué tipo de centro le corresponde al menor.

Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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