Un año de inhabilitación por desobediencia para la consellera Meritxell Serret por el 1-O 

  • La consellera también tendrá que pagar una multa de 12.000 euros.
La consellera de Acción Exterior y Unión Europea de la Generalitat, Meritxell Serret, durante el juicio.
La consellera de Acción Exterior y Unión Europea de la Generalitat, Meritxell Serret, durante el juicio.
Europa Press
La consellera de Acción Exterior y Unión Europea de la Generalitat, Meritxell Serret, durante el juicio.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a un año de inhabilitación a la consellera de Acción Exterior y Unión Europea de la Generalitat, Meritxell Serret, por presunta desobediencia en la organización y la celebración del referéndum del 1-O en 2017, cuando encabezaba la Conselleria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. La sentencia también le impone una multa de 12.000 euros.

La fiscalía pedía justamente un año de inhabilitación y la multa que se le ha impuesto por, entre otras cosas, haber aprobado los presupuestos en marzo del 2017 que preveían partidas para el referéndum y por haber firmado el decreto de convocatoria del mismo a pesar de recibir las advertencias del Tribunal Constitucional

La consejera se exilió inicialmente en Bélgica, pero se personó en marzo del 2021 ante el magistrado del Tribunal Supremo, que derivó la causa al TSJC.

Serret fue juzgada el 29 de marzo, y en el juicio reclamó su absolución, declaró que actuó obedeciendo el "mandato democrático" de la mayoría independentista del Parlament favorable al 1-O, y sostuvo que el referéndum no fue un delito.

Reconoció la desobediencia ante el Tribunal

La sentencia recuerda que la propia Serret hizo un "reconocimiento directo" del delito que se le imputa en el juicio, cuando se negó a responder a las preguntas de las acusaciones y se limitó a pronunciar un alegato en el que reconoció que no hizo nada para impedir el referéndum por sus "convicciones personales del derecho de autodeterminación del pueblo catalán".

Según el TSJC, su propia defensa "fue clara al respecto cuando admitió que no venía a negar las acusaciones formuladas contra la acusada y a enmascarar las mismas" y reconoció que Serret había sido apercibida por el Constitucional de su deber de paralizar el 1-O.

La sentencia añade que los miembros del Govern "omitieron de forma contumaz lo que se les había ordenado" y que los decretos para la organización del 1-O que suscribieron todos sus miembros, "más allá de la estratégica degradación del valor de la firma de todos los consejeros, era bien expresiva de una inequívoca voluntad de rechazo al mandato constitucional".

"La culpabilidad de la acusada está fuera de toda duda, no solo por la aceptación expresa de los hechos imputados sino por haber desatendido de forma clara, reiterativa y flagrante, los requerimientos del Tribunal Constitucional", resalta el tribunal. 

No existe el derecho a decidir

Los jueces insisten en que la "ilicitud de organizar un referéndum de autodeterminación de forma unilateral y con carácter vinculante al margen del Estado es de conocimiento general", sin que quepa la excusa de un "conflicto de bienes", teniendo en cuenta que "el pretendido derecho a decidir" no existe en el ordenamiento jurídico.

Además, para el tribunal, "resulta impensable" que la acusada, con su "elevada formación" -licenciada en Ciencias Políticas y con un postgrado en Dirección de Empresas-, "capacitación" -como consejera y diputada del Parlament- y "experiencia profesional" no supiera que se estaba vulnerando de forma "flagrante y palmaria" la legalidad.

Y eso, añade, "por muy condicionada que se encontrase a causa de su relación con el llamado procés de Cataluña y que se comprometiera como miembro del Govern a seguir un pretendido mandato popular".

La consellera, que estuvo tres años huida en Bruselas tras la DUI, volvió a España en marzo de 2021 para ponerse a disposición del Tribunal Supremo, al ver despejado su horizonte procesal después de que los exconsellers Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, quienes tuvieron un papel similar que ella en el 1-O, fueran condenados solo por desobediencia -sin penas de cárcel- y no por malversación.

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