Elecciones Autonómicas

Cómo evitar que te envíen propaganda electoral para las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo 2023

Una mesa electoral en unos comicios.
EFE

El próximo domingo 28 de mayo de 2023 los electores tienen doble cita en las urnas. Se celebran las elecciones municipales en un total de 8.131 localidades de España, mientras que tendrán lugar ese mismo día los comicios autonómicos en Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, La Rioja, Ceuta y Melilla.

La campaña electoral arrancará de manera oficial el próximo 12 de mayo y finalizará el día 26 de ese mismo mes, dos días antes de los comicios. Esta cita electoral supone, además, la llegada de la famosa propaganda electoral a los buzones de todos los votantes conforme se acerca la fecha de las elecciones. Pero, ¿existe alguna manera de evitar que las formaciones políticas te envíen sus sobres y papeletas electorales?

Cómo darse de baja, paso a paso

El primer paso para evitar que te envíen propaganda electoral al domicilio será solicitar la exclusión del censo electoral que utilizan las candidaturas políticas para enviar estos documentos. Para ello, los electores deberán dirigirse a la web del Instituto Nacional de Estadística (INE), concretamente a los trámites relacionados con el censo electoral, siguiendo estos pasos:

  • Accede al formulario de solicitud de exclusión en las copias del censo electoral que se entregan a las candidaturas políticas, a través de este enlace
  • Será necesario identificarse mediante certificado electrónico o con el sistema Cl@ve PIN.
  • Una vez dentro del sistema, aparecerá una pantalla con la información personal en las copias que el censo electoral facilita a los partidos. 
  • En la parte inferior, hay una opción que indica 'Enviar solicitud'. Hay que seleccionar dicha opción para darse de baja.

El INE recuerda que "las exclusiones solicitadas hasta el día decimotercero posterior a la convocatoria de un proceso electoral tendrán efectos en dicho proceso y en todos los posteriores, en tanto, no se manifieste lo contrario por el elector".

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