La Ley de Bienestar Animal y la regulación de la cría: ¿puedo tener una camada en casa? ¿Quién puede criar?

Otro punto importante es que un buen criador no se separa del cachorro hasta pasadas ocho semanas y en ocasiones diez o doce, entregando sus ejemplares identificados con microchip y con el programa de vacunación y desparasitación que corresponda para su edad según su propio veterinario. El mal criador querrá desprenderse del perro lo antes posible e incluso argumentar que es mejor que sea el propietario quien afronte todo el proceso de vacunación e incluso la implantación del microchip.
Otro punto importante es que un buen criador no se separa del cachorro hasta pasadas ocho semanas y en ocasiones diez o doce, entregando sus ejemplares identificados con microchip y con el programa de vacunación y desparasitación que corresponda para su edad según su propio veterinario. El mal criador querrá desprenderse del perro lo antes posible e incluso argumentar que es mejor que sea el propietario quien afronte todo el proceso de vacunación e incluso la implantación del microchip.
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Otro punto importante es que un buen criador no se separa del cachorro hasta pasadas ocho semanas y en ocasiones diez o doce, entregando sus ejemplares identificados con microchip y con el programa de vacunación y desparasitación que corresponda para su edad según su propio veterinario. El mal criador querrá desprenderse del perro lo antes posible e incluso argumentar que es mejor que sea el propietario quien afronte todo el proceso de vacunación e incluso la implantación del microchip.

Uno de los puntos fuerte de la nueva Ley de Bienestar Animal es el control de la cría de animales de compañía, recogido en una serie de normas con el fin de disminuir las cifras de abandono de nuestro país (en 2021 las protectoras de animales recogieron un total de 285.554 perros y gatos).

Las principales reglas que a partir del próximo 29 de septiembre (fecha en la que entrará en vigor esta nueva Ley) que tanto los criadores comerciales, como los particulares deberán seguir se basan, sobre todo, en el Registro de Criadores de Animales de Compañía y en la esterilización.

El Título III de la Ley de Bienestar Animal es el que regula la cría de animales de compañía, además de su identificación y su transmisión. Lo primero que establece esta normativa es que las mascotas tendrán que estar identificadas y que, ese primer registro siempre debe realizarse a nombre de una persona criadora registrada, una entidad de protección animal o a una Administración Pública autorizada, pudiendo después transmitirse a otras personas.

De hecho, la normativa establece que en el caso de perros, gatos, hurones y aves, es obligatoria la identificación mediante microchip (en los tres primeros) y anillado, en el caso de los últimos, dependiendo los demás animales de compañía de cada comunidad autónoma.

¿Quién puede críar?

Además de la identificación, si queremos queremos criar con nuestro perro, gato o hurón, éste debe deberá figurar como ejemplar reproductor en el Registro de Animales de Compañía y, no solo eso, nosotros tendremos también que estar inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

¿Cómo nos registramos? Aunque todavía no se ha establecido el reglamento, probablemente se utilicen los sistemas de registro ya en vigor para añadir estas informaciones. Es decir, de la misma forma que nosotros acudimos al veterinario a ponerle el chip a nuestro compañero peludo, proporcionando nuestros datos personales y los del animal, podremos también informar de que se trata de un animal reproductor y, registrarlo, quedando nosotros también, de forma automática, inscritos en el registro pertinente.

Pero, ¿necesitamos acreditar que somos un comercio o también un particular puede hacerlo? Lo único que se nos requerirá es que hayamos realizado el curso de formación para la tenencia de animales de compañía y, por supuesto, disponer de las condiciones de espacio y alojamiento recogidas en la normativa sobre núcleos zoológicos de la autonomía en la que residamos.

Con estas normas, la Ley de Bienestar Animal pretende promover la cría responsable y controlada y evitar así las camadas no deseadas y el abandono de cachorros. De esta forma, gracias a la identificación, se podrá perseguir cualquier caso de maltrato o abandono.

Colaboradora '20minutos'

Soy Inés López García. Me formé en la Complutense con la intención de acabar informando sobre animales y medioambiente. Tuve mi primera oportunidad laboral en el medio local 'Madridiario'; luego entré en '20minutos', donde pude escribir sobre cine, series y videojuegos, mis tres hobbies. Me mudé a Londres para mejorar el inglés y escribir sobre el Brexit y el covid en la distancia. En la actualidad escribo sobre lo que siempre quise, animales, en la sección Animaleros de '20minutos'.

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