Podemos e IU recurren ante la Junta Electoral el espacio que les da TVE y Mónica García les responde: "Así es la normativa"

La líder de Más Madrid, Mónica García, en una imagen de archivo
La líder de Más Madrid, Mónica García, en una imagen de archivo
Jesus Hellin/EP
La líder de Más Madrid, Mónica García, en una imagen de archivo

IU y Podemos han interpuesto un recurso ante la Junta Electoral Central contra el diseño del Plan de Cobertura de RTVE para la campaña de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo, que solo reserva a sus coaliciones el 1% de los bloques informativos que se incluirán en los Telediarios. 

Este mismo sábado ambas formaciones han registrado su escrito de alegaciones, en el que sostienen que el citado plan de cobertura confeccionado por el ente público "vulnera los principios constitucionales de pluralismo político y proporcionalidad".

El pasado jueves transcendió que el reparto de tiempos informativos de RTVE, donde los dos grandes partidos copan la mitad de los minutos que se emitan, un 29,38% para el PSOE y un 22,77% para el PP, y el resto se distribuye entre los demás partidos que superaron el 1% de los votos hace cuatro años.

Podemos e IU entran en el reparto por la mínima, puesto que quedan por debajo del 1,23% de Adelante Andalucía, el 1,44% de En Comú, el 1,52% de Compromís, el 1,77% del PNV, el 2,30% de Más Madrid, el 3,63% de Vox o el 8,63% de Ciudadanos, entre otros.

Ante ello, Podemos e IU desgranan que acuden juntos en coalición a estos comicios en la "práctica totalidad del Estado" y que, pese a ello, la corporación le otorga un tiempo en los bloques informativos del 1,08% de los votos obtenidos en las municipales de 2019.

Además, reprocha que para ello RTVE les imputa un tercio de los votos de la coalición Unidas Podemos-IU-Equo en los comicios de hace cuatro años a este último partido político, lo que implica obviar los votos obtenidos por "diferentes candidaturas que de forma indubitada" que formaron también Podemos e IU.

Por tanto, el recurso sentencia que se "aminora" y "oculta" de esta forma en los criterios para confeccionar el plan de cobertura del ente público el "respaldo político que recibieron por parte de decenas de miles de ciudadanos" en 2019.

Asimismo, las dos formaciones políticas profundizan en su disconformidad porque, a su juicio, RTVE basa su reparto de tiempos informativos estrictamente en la coalición de 2019 que conformaron Podemos, IU y Equo y que se les asigne un tercio de los votos de esta última formación.

De esta forma explica que en 2019 dicha confluencia obtuvo un total de 366.594 votos, lo que supuso un 1,62% de los votos totales sobre candidaturas y un rédito de 481 concejales electos. Por tanto y ante la "inicua" propuesta de RTVE, el recurso profundiza que el acuerdo de coalición que se registró especifica que todos los derechos de representación y de subvenciones electorales recaen al 100% en Podemos e IU, por lo que el peso de Equo era el 0% en este apartado.

Igualmente razona que el número de concejales de Equo sobre el total de los ediles obtenidos de forma conjunta eran cinco escaños, mientras que los restantes 476 se repartían entre Podemos e IU. Es más, recalca que la Junta Electoral dispone de resoluciones doctrinales, en base a los criterios de los derechos de representación, que llevan a asignar el 100% de los votos obtenidos tanto a Podemos como a IU, cuando la realidad es que el 99% de los concejales eran de ambas fuerzas políticas.

En definitiva, el recurso reclama a la Junta Electoral que se respete en el plan de cobertura informativa de RTVE los votos y porcentajes obtenidos en las elecciones municipales de 2019 se imputen al completo a Podemos e IU, para así reconfigurar el reparto de espacios en el seguimiento informativo del 28M.

Es decir, que al menos se tenga en cuenta en las coberturas de RTVE a Podemos e IU equivalente a los 366.594 votos que tuvo esa coalición de 2019 y se retire a Equo el tiempo atribuido al tercio de los votos de dicha confluencia, que el diseño del ente público se le asignan "indebidamente".

No obstante, ahonda que la corporación ha "obviado" las diferentes candidaturas que presentaron IU y Podemos a los comicios de 2019, tanto en solitario como en otras fórmulas de coalición, a la hora de plasmar el "peso real" de las dos formaciones políticas para confeccionar su cuota informativa.

Algo que, tal y como enfatiza el recurso, vulnera el artículo 66 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y el artículo 3.2 de la normativa que regula a la propia RTVE, disposiciones que emanan de la propia Constitución y se basan en los principios de la "defensa del pluralismo político", los "valores democráticos", y el derecho fundamental a la igualdad y la participación política.

Finalmente insiste en que RTVE no ha tenido en cuenta diferentes candidaturas de ambas fuerzas, que sumarían el 3,18% de los votos. Por todo ello, reclama que se le debería aplicar en el plan informativo de la cadena un reparto de tiempo equivalente al 4,80% de los votos obtenidos en las elecciones de 2019.

Mónica García: "Así es la normativa"

Por otro lado, respecto a que la Junta Electoral haya excluido a Unidas Podemos de los anuncios electorales gratuitos que emitirá TVE en la campaña del 28M, la líder de Más Madrid, Mónica García, ha indicado que "así es la normativa".

"Las normas electorales creo que son muy claras a este respecto", ha constatado. "Es verdad que eso no significa que siempre sean justas, pero las normas electorales tasan los minutos en función de las formaciones políticas que se presentan y lo tasan en función también de cómo te hayas presentado antes".

"No sé, así es la normativa. Éste es el terreno de juego, éstas son las normas con las que se juega", ha dicho la líder de Más Madrid después de que TVE propusiera el miércoles la exclusión de Unidas Podemos y al día siguiente la ratificara la Comisión de Radio y Televisión para la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en medios públicos estatales de la Junta Electoral Central.

El motivo alegado por la JEC, que García ha destacado que está en vigor al margen de que sea justo o no, es que para tener derecho a emitir los spots en TVE es necesario presentarse a circunscripciones que aglutinen al menos el 50% de la población española. Y, aunque UP se presente de hecho como coalición de Podemos e IU en 10 de las 12 comunidades que celebran autonómicas, no lo hace en todas con el mismo nombre.

Por ejemplo, en Madrid concurre como 'Podemos. IU. Alianza Verde' y en Extremadura como 'Unidas por Extremadura'. La JEC no ha convalidado los diferentes nombres como pertenecientes a un mismo sujeto y por tanto ha computado que la marca Unidas Podemos, estrictamente, no cumple el citado requisito.

20minutos

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