Estas son las dos ayudas que puedes cobrar junto con el subsidio para mayores de 52 años

Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Una de las prestaciones públicas más relevantes que otorga el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el subsidio para mayores de 52 años. Se trata de una ayuda económica para las personas que se encuentran en este rango de edad en situación de desempleo, habiendo agotado el resto de prestaciones, y que cotiza de cara a la pensión de jubilación. Este 2023, el importe de dicho subsidio asciende a 480 euros mensuales, debido a la subida del IPREM a 600 euros recogida en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para este año. 

Pero, ¿se puede compatibilizar el cobro de esta ayuda con otras? Como recoge el SEPE, existen dos ayudas no contributivas que se pueden solicitar junto con el subsidio para mayores de 52 años: la Renta de Inserción y el Ingreso Mínimo Vital. No obstante, será necesario que la persona solicitante cumpla los requisitos establecidos para cada ayuda. 

Quién puede solicitar el subsidio

En primer lugar, para acceder a la ayuda para mayores de 52 años será necesario haber agotado el paro y/o el subsidio por desempleo, así como carecer de ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por otro lado, la persona solicitante debe carecer de rentas propias, aunque no se contabilizan los ingresos del resto de personas que conforman la unidad de convivencia.

Asimismo, hay que estar inscrito como demandante de empleo en la comunidad correspondiente y tener un mínimo de cotización, que en este caso será de, al menos, entre 90 y 359 días, indica la Seguridad Social. 

Qué son las Rentas de Inserción y el IMV

Las Rentas Mínimas de Inserción (RMI) son los distintos programas gestionados a nivel autonómico y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla destinados a "las personas y familias que carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, acompañado además de un proceso de intervención social", explica el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

De esta manera, el importe y los requisitos necesarios para acceder a estas prestaciones varían dependiendo de la comunidad. En la Comunidad de Madrid, la cuantía para una persona que viva sola, sin otros ingresos, es de 469,93 euros al mes, para dos personas es de 587,41 euros y para tres personas de 662,52 euros, hasta los 965 euros, que es la cantidad máxima a percibir. En otras comunidades como Galicia, la conocida como renta de inclusión social, para una persona que viva sola es de 469,20 euros. Mientras que en Andalucía, la cuantía asciende a los 533 euros para una persona. 

Por otro lado, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda destinada a hogares en situación de vulnerabilidad para "prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia" y no disponen de los recursos necesarios básicos, indica la Seguridad Social. Para 2023, la cuantía mensual garantizada será de 565,37 euros para un único beneficiario, aunque estos importes se amplían en un 30% para cada miembro adicional.

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