Andalucía

Cómo saber si me ha tocado estar en una mesa electoral en las elecciones del 28 de mayo en Andalucía

Los andaluces tienen una cita con las urnas el próximo domingo 28 de mayo para elegir a sus alcaldes. Esto se debe a que en Andalucía se celebrarán elecciones municipales, pero no autonómicas. El sorteo para elegir al presidente, a los dos vocales y a los suplentes de cada mesa electoral ya se ha realizado. Pero, ¿cómo se puede saber si te ha tocado estar en una mesa electoral?

El primer requisito para ser designado a una mesa electoral es estar inscrito en el censo electoral del municipio donde se reside. También resulta imprescindible saber leer y escribir y tener entre 18 y 70 años de edad. No obstante, las personas que tengan de 65 años en adelante podrán renunciar al cargo si así lo desean siempre y cuando esta comunique en los siete días siguientes tras haber recibido la notificación.

Los sorteos para la elección de los representantes de las mesas se realizaron entre el 29 de abril y el 3 de mayo y las notificaciones fueron enviadas en un plazo máximo de tres días tras la elección. Por esta razón, los ciudadanos designados a las mesas electorales ya tienen que haber recibido una carta certificada por correo notificándoles la decisión.

Las personas elegidas que quieran renunciar a su cargo tendrán un periodo de siete días para hacerlo. Sin embargo, resultará necesario aportar una causa justificada y documentada ante la Junta Electoral de Zona. Cabe destacar que, en el caso de que posteriormente el ciudadano no pueda cumplir con su trabajo tendrá que notificarlo al menos 72 horas antes de que se constituyan las mesas. Además, deberá aportar un documento donde se justifique el motivo de su renuncia.

Según establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, "El Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses".

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