Elecciones Autonómicas

Justificante de voto para el trabajo: dónde y a quién hay que pedirlo el domingo 28M

Este domingo 28 de mayo se celebran las elecciones municipales en todo el país y las autonómicas en un total de 12 regiones. Miles de electores tienen una cita con las urnas en una jornada electoral que arrancará a las 09.00 horas y que finalizará a las 20.00 horas, momento en el que los miembros de la mesa electoral procederán al escrutinio y recuento de votos. 

En este sentido, muchos trabajadores se preguntan si disponen de permisos para poder ir a votar en el día de las elecciones si deben acudir a su puesto de trabajo. El Estatuto de los Trabajadores recoge en el artículo 37 que los trabajadores podrán faltar al trabajo, con derecho a remuneración y por el tiempo indispensable, "para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo".

Dónde se pide el justificante

Dependiendo del tiempo que coincida la jornada electoral con su horario de trabajo, los trabajadores tendrán una cantidad de horas libres para votar. Si coincide entre dos y cuatro horas, tendrá un permiso de dos horas. Si coincide entre cuatro y seis horas, dispondrá de tres horas libres. Mientras que si supera las seis horas, el tiempo libre asciende a cuatro horas.

En cualquier caso, la empresa puede solicitar al trabajador un documento que justifique su asistencia y acredite que ha ejercido su derecho al voto. Este justificante debe ser emitido por la mesa electoral correspondiente según el censo electoral. 

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