Cuándo se sabe si te toca estar en una mesa electoral en las elecciones generales del 23J

Imagen de una mesa electoral con todo a punto en un centro de votación.
Una de las primeras dudas que ha surgido a los ciudadanos tras la convocatoria de las elecciones generales anticipadas para verano, es cuándo se va a saber si te toca estar en una mesa electoral.
Juan Carlos Hidalgo / EFE
Imagen de una mesa electoral con todo a punto en un centro de votación.
¿Qué pasa si no me presento a la mesa electoral?
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El próximo domingo 23 de julio los españoles tienen una cita con las urnas con motivo de las elecciones generales. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este lunes —un día después de que se celebrasen las elecciones municipales y autonómicas— su intención de disolver las Cortes y convocar unos comicios para elegir a los que serán los representantes que formarán la próxima legislatura.

Estas elecciones tendrán lugar en pleno verano. Muchas personas ya habían pensado en sus vacaciones o incluso ya las habían reservado y contratado con anterioridad. Ahora surgen dudas y preocupaciones de cara a formar parte de las mesas electorales.

Cuándo se hace el sorteo de las mesas electorales

El sorteo para elegir a los miembros de la mesa electoral —formada por un presidente, dos vocales y los correspondientes suplentes de cada uno de los puestos— se celebra los días 25 y 29 posteriores a la convocatoria, tal y como marca la Ley Electoral. Esto quiere decir que las fechas marcadas para celebrar este acto público será entre el 24 y el 28 de junio de 2023.

Cuándo se sabe si te ha tocado estar en una mesa electoral para las elecciones generales del 23J

La Junta Electoral establece que, una vez finalizado el sorteo, el plazo para notificar la elección será de tres días, así como el envío de toda la documentación necesaria para la jornada electoral. Por lo tanto, la fecha tope será el 27 de junio—en caso de que el sorteo se realice el día 24— o el 1 de julio —si se hace el 28 de junio—.

Todas las personas que formen parte del censo electoral —excepto los que se presenten como candidatos por algún partido— pueden ser llamados a formar parte de las mesas electorales durante el día de los comicios. Esta convocatoria es obligatoria, excepto por motivos justificados y recogidos en la ley.

El designado tiene un plazo de siete días para alegar ante la junta electoral cualquier "causa justificada y documentada" que impida acudir a mesa electoral. La Junta tiene un plazo de 5 días para responder. Hay una lista de excusas oficiales, pero la última palabra la tiene la Junta.

20minutos

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