El bloqueo del CGPJ llega a Estrasburgo en plena precampaña: el tribunal decidirá si las Cortes vulneraron los derechos de los jueces

Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia).
Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia).
Michel Christen / EFE
Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia).

El bloqueo del Consejo General Poder Judicial (CGPJ) -asumido está que se prolongará más allá de las elecciones- volverá a dar de que hablar el próximo jueves 22 de junio, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) delibere sobre una denuncia de seis magistrados de la Asociación Judicial Francisco Vitoria (AJFV). Pero para entender esta historia repleta de fechas, siglas, recursos y sentencias hay que remontarse al origen del conflicto, allá por 2018.

Entonces llegaba a su fin el mandato de los 20 vocales del Consejo, que habían pasado ya cinco años en sus asientos tras ser nombrados en 2013, cuando Mariano Rajoy gozaba de una mayoría absoluta en el Parlamento. Concluido el mandato, procedía renovar el órgano

Las Cámaras debían escoger a 20 vocales para ocupar las sillas del CGPJ: 12 jueces y magistrados y ocho "juristas de reconocido prestigio", dicta la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ). El reparto de vocales, dice la norma, se divide a partes iguales entre el Congreso de los Diputados y el Senado. Los doce jueces serían nombrados de entre 50 candidatos presentados por la carrera judicial. 

Resulta que en aquella lista de candidatos estaban recogidos los nombres de los seis magistrados denunciantes, que quedaron a la espera de un acuerdo entre parlamentarios que dirimiese su futuro profesional. Evidentemente, la espera continúa. 

Explica Jorge Fernández Vaquero, portavoz de AJFV, que en 2020 el comité nacional de su asociación se planteó "hacer algo" respecto al bloqueo del CGPJ, que por entonces estaba cerca de cumplir dos años. "Nadie parecía dispuesto a hacer nada y veíamos claro que el problema está en los mecanismos de designación. Los partidos políticos se han apoderado en este sentido del Congreso y Senado, que no hacen nada porque esperan a las indicaciones de PP y PSOE", apunta Vaquero. 

Se trata de un enfoque peculiar, o por lo menos de un punto de vista poco presente en los debates que este conflicto ha producido durante los últimos cuatro años y medio. La AJFV plantea que, más allá de la responsabilidad de los populares y los socialistas, los presidentes de las Cámaras pueden estar incumpliendo un deber legal. 

Históricamente, cada vez que toca renovar el órgano con una mayoría de 3/5 a favor en el Parlamento, tienen lugar previamente unas negociaciones entre los dos grandes partidos. Sin ese consenso previo, cualquier votación sería frustrada, en tanto que los votos favorables del PSOE y el PP son indispensables para alcanzar el consenso parlamentario que requieren estas designaciones. 

En octubre de 2020, la asociación dio un primer paso acudiendo al Tribunal Constitucional. La AJFV y los seis jueces afectados presentaron un recurso de amparo señalando que se había violado el derecho reconocido en el segundo punto del artículo 23 de la Carta Magna: "Los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes". Denunciaban, pues, que no se estaba respetando el derecho de los jueces a acceder al CGPJ. 

Pero el órgano de garantías constitucionales inadmitió el recurso alegando que era "extemporáneo". Es decir, que se había presentado fuera de plazo. La justificación del órgano de garantías causó perplejidad en la Francisco Vitoria, dado que lo que se denunciaba no era un acto, "sino una omisión de acto". ¿Cuándo comienza exactamente el plazo para esta denuncia?", se preguntaron. Los magistrados del Constitucional concluyeron que se podía empezar a contar desde el momento en que se presentó la lista de candidatos, o bien desde que se constituyeron las cortes en 2019.

 El siguiente paso fue acudir al Tribunal de Estrasburgo, una vía por la que optaron los seis jueces a título personal. Las demandas se presentaron al TEDH en septiembre de 2021, y Estrasburgo las admitió a trámite y dijo que se trataba de un "caso de impacto", con la correspondiente preferencia que ello implica. 

Los jueces alegaron, concretamente, que se había violado el artículo sexto del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, el derecho al proceso debido -equivalente a la tutela judicial efectiva recogida en el ordenamiento jurídico español-. El órgano que, según los denunciantes, había cometido dicha violación, es el Tribunal Constitucional. El TEDH añadió un segundo punto a la demanda y planteó que se podría estar violando el artículo 8 del Convenio en relación a las Cámaras. 

El artículo regula el derecho a la vida privada, que se extiende a la faceta profesional de la vida. Lo que estaba planteando el Tribunal de Estrasburgo es que los presidentes de las Cámaras (en el Senado, primero Pilar Llop y después Ander Gil. En el Congreso, Meritxell Batet) podrían ser responsables de violar el derecho a la vida privada de los candidatos. Esto se debe a que la dilación en la renovación del CGPJ deja a los jueces "sujetos a un proceso abierto sine die porque las Cámaras no cumplen su obligación", señala Vaquero. 

Sobre estos dos asuntos deliberará este jueves el Tribunal de Estrasburgo, si bien su dictamen no tendrá "consecuencias a nivel práctico". Así lo afirma Vaquero, que explica: "El tribunal europeo no va a condenar al Estado español a que celebre la votación para renovar el Consejo, simplemente declararía que la violación efectivamente se ha producido". Aún así, prosigue, "el efecto político podría ser notable, sería tremendo para nuestra democracia"

Pedro Buenaventura
Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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