El Govern intercede a favor del 'topless' en las piscinas y advierte a los ayuntamientos que su práctica es legal

Una piscina del parque acuático WaterWorld de Lloret de Mar.
Una piscina del parque acuático WaterWorld de Lloret de Mar.
ACN
Una piscina del parque acuático WaterWorld de Lloret de Mar.

Igualdad y Feminismos ha hecho llegar una carta a los ayuntamientos catalanes que advierte que prohibir a las mujeres usar las piscinas públicas con el torso desnudo, amamantar a los niños o limitar el acceso a las instalaciones con bañadores integrales constituye una "discriminación". 

La misiva ha considerado que "son acciones que excluyen una parte de la población del acceso a determinados servicios y vulneran la libre elección de cada persona sobre su propio cuerpo". 

Por ello, el escrito ha indicado que las ordenanzas municipales que regulen estas prácticas "no serán de aplicación" y ha remarcado que los consistorios tendrán que modificarlas para que se adapten a la ley de igualdad de trato y no-discriminación aprobada por el Parlament en diciembre de 2020.

Casos de discriminación

La carta recoge que durante el 2022, la Oficina de Igualdad de Trato y No-discriminación de la consellería “ha tenido conocimiento de diferentes casos de discriminación en las piscinas de uso público”.

Por eso, ha recordado que las administraciones públicas, incluidos los ayuntamientos, que “tienen que velar para garantizar el derecho a la igualdad de trato y la no-discriminación” que establece la ley.

La consellería ha advertido que la ley considera como discriminación “cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en alguno de los motivos a los que hace referencia el artículo 1 que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, el goce o el ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas”.

Plataformas como 'Mugrons lliures' (Pezones libres), que han reivindicado durante años el poder hacer 'topless' en las piscinas municipales y la visibilidad de los pezones femeninos en la vida cuotidiana, han celebrado la decisión del Govern en redes sociales. 

Permitidos los bañadores integrales

A la vez, ha señalado que lo que hay que respetar es la condición imprescindible que el bañador sea adecuado para la actividad acuática, por un lado; que garantice la higiene personal y la salud pública; y que en todo caso cubra los genitales de la persona. 

En este sentido, tiene que quedar prohibido el uso de ropa de calle para el baño y tiene que permitirse por ejemplo, el uso de bañador integral. "Esta prenda de ropa está fabricada con poliéster, el mismo material que se usa para cualquier bañador", ha apuntado la carta.

También ha recordado que no se puede impedir la entrada a las piscinas públicas a ningún colectivo por su origen o etnia, puesto que esto podría constituir una infracción administrativa recogida en el artículo 43 de la Ley 19/2020.

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