Nacional

El Constitucional tumba la ley que daba prioridad al uso del euskera en los ayuntamientos vascos

El Constitucional avala la ley del aborto y consagra el derecho de la mujer a decidir "sin coerción"
Europa Press

El Tribunal Constitucional ha sentenciado este jueves la inconstitucionalidad del artículo 6.2 de la ley de instituciones locales del País Vasco, según el cual la redacción de documentos en castellano en los ayuntamientos vascos solo se admite en caso de desconocimiento del euskera. Conforme a la sentencia redactada por el magistrado César Tolosa, el planteamiento de esta ley es contrario al artículo 3.1 de la Constitución, ya que "al prescribir un uso prioritario del euskera ocasiona un desequilibrio injustificado y desproporcionado del uso del castellano". 

El tribunal estima así la cuestión de inconstitucionalidad que planteó en el año 2021 la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco. 

Limitar el uso de esta lengua a los casos en los que se desconozca la lengua cooficial es "establecer condiciones" para que los representantes de los ayuntamientos puedan ejercitar "su derecho a la libre opción", subraya el órgano de garantías. Esta norma, por tanto, quedará desactivada y dejará de regular la elaboración de convocatorias, órdenes del día, mociones, votos particulares, propuestas de acuerdo, dictámenes y actas de los ayuntamientos del País Vasco. 

Los trabajadores de los consistorios no tendrán necesidad de "alegar válidamente el desconocimiento del euskera" a la hora de ejercer la opción lingüística, según la sentencia, ya que "con dicha exigencia se quiebra el equilibrio lingüístico entre las dos lenguas cooficiales". De esta forma, apunta el texto, "los derechos de libre opción de materia lingüística de quien representa a los ciudadanos en las entidades locales se restringen de forma injustificada". 

El órgano de garantías constitucionales recuerda en su sentencia que la Carta Magna "no se opone a la adopción de una política enfocada hacia la defensa y promoción de la lengua cooficial". "Muy al contrario", sostiene, "la Constitución se refiere a la necesidad de proteger y respetar las distintas modalidades lingüísticas de España como parte de nuestro patrimonio cultural". Tolosa se remite, tras exponer este argumento, al tercer punto del artículo tres de la Constitución. 

Y si bien la Carta Magna protege las lenguas cooficiales, el tribunal considera que "no es conforme con la Constitución otorgar normativamente preferencia en el uso por parte de los poderes públicos a una lengua oficial con relación a otras que también lo son". No se puede establecer un trato prioritario hacia ninguna de las lenguas cooficiales, viene a señalar la sentencia publicada este jueves. 

"Reiteradamente, este tribunal ha sostenido que los ciudadanos tienen derecho a usar indistintamente el castellano o la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma en sus relaciones con el conjunto de las instituciones públicas que se ubican en el territorio de esa Comunidad", zanja el texto.

Dos votos particulares

La magistrada Laura Díez Bueso, nombrada por el Gobierno a finales del año pasado, ha emitido un voto particular discrepante con la sentencia, al que se ha adherido el togado Ramón Sáez. Ambos consideran que la sentencia cuestión de inconstitucionalidad debió desestimarse y que la norma cuestionada respeta el tercer artículo de la Carta Magna y la jurisprudencia constitucional. 

De esta forma, los discrepantes arguyen que la norma era válida en tanto que "el legislador puede adoptar medidas de política lingüística tendentes a corregir eventuales situaciones de desequilibrio". Defienden además que "los poderes públicos deben dirigirse a los ciudadanos y a los miembros de las corporaciones locales en la lengua elegida por estos", condición que la norma cumple "escrupulosamente". 

Por el contrario, la decisión final del Constitucional dicta que "la norma cuestionada no se dirige a promover la lengua cooficial". El órgano de garantías aboga por la convivencia de las lenguas sin que se lesionen los derechos de ningún miembro de la entidad local, una vulneración que se estaría produciendo en este caso, al imponerse "formalismos y condiciones" a la elección de la lengua. 

Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

loading...