El Gobierno de Sánchez queda en funciones hasta la investidura: ¿qué puede hacer y qué limitaciones tiene?

Pedro Sánchez, anunciando este lunes en Moncloa la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones anticipadas el 23 de julio
Pedro Sánchez, en Moncloa
Borja Puig de la Bellacasa.
Pedro Sánchez, anunciando este lunes en Moncloa la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones anticipadas el 23 de julio

La conclusión de las elecciones generales del 23 de julio y sus resultados hacen correr los plazos para constituir las nuevas Cortes Generales e investir a un nuevo presidente del Gobierno. Un proceso que, según el calendario establecido, se iniciará el 17 de agosto y que, a vista de los resultados electorales y las complicadas alianzas electorales, podría desembocar en nuevas elecciones.

Hasta la constitución de un nuevo gobierno, el poder ejecutivo está ejercido por el anterior gobierno de Pedro Sánchez, que se encuentra en funciones. De hecho, de convocarse nuevas elecciones, el ejecutivo de coalición de PSOE y Unidas Podemos se mantendría en funciones, al igual que el gobierno de Mariano Rajoy entre 2015 y 2016 y el primer gobierno del propio Sánchez en la repetición electoral de 2019. 

Pero, ¿cuál es realmente la función de un gobierno en funciones? ¿Qué puede y qué no puede hacer?

¿Qué puede hacer el Gobierno en funciones?

Según establece el título IV de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el ejecutivo "cesa tras la celebración de elecciones generales", continuando "en funciones" hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. Este Gobierno en funciones "limitará su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar, salvo casos de urgencia [...] o por razones de interés general, cuya acreditación expresa así lo justifique, cualesquiera otras medidas".

La norma establece que el Presidente en funciones no puede disolver las Cámaras, plantear una cuestión de confianza o convocar un referéndum, así como su Gobierno tampoco puede aprobar Presupuestos o presentar Proyectos de Ley.

El poder del Gobierno en funciones queda, por lo tanto, limitado a cuestiones meramente cotidianas y de gestión pública mínimas, para asegurar la continuidad del poder hasta la llegada del nuevo Ejecutivo.

El Gobierno en funciones puede emitir Decretos-Ley

Si bien el Gobierno en funciones no puede extralimitarse de dichas funciones, el texto legal reconoce su potestad "en caso de urgencia o por razones de interés general". Eso significa que existe un instrumento por el que un Gobierno en funciones puede legislar: los Decretos-leyes. 

El artículo 86 de la Constitución reconoce que "En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado". Estos Decretos-leyes "deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados [...] en el plazo de treinta días".

Esto significa que el Gobierno puede aprobar Decretos-leyes en caso de necesidad para ejercer su acción de gobierno fuera de los límites de sus funciones del periodo postelectoral, siendo estos decretos aprobados por el Congreso o la Diputación Permanente en su caso. 

¿Significa esto que el Gobierno en funciones no debe someterse al control del Congreso explícitamente? Una sentencia del Tribunal Constitucional indica que sí.

Debe someterse al control del Parlamento

En la sentencia adoptada por el Tribunal Constitucional en 2018, a solicitud del PSOE para una comparecencia de la entonces Ministra de Defensa en funciones, María Dolores de Cospedal, en el Congreso de los Diputados en el año 2016, el Alto Tribunal resolvió que un Gobierno en funciones puede someterse al control del Parlamento: "En la medida en que el Gobierno sigue desarrollando actividad, esta no puede quedar exenta del control de las Cortes Generales".

De hecho, según informa Newtral, el PNV propuso una regulación en forma de proyecto de ley sobre el control político del Congreso al Gobierno en funciones, aunque finalmente fue retirada.

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