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¿Qué camino judicial le espera a la tragedia de Murcia? Otros casos tardaron años, con pocas condenas y a veces sin indemnizaciones

Los cadáveres de las trece víctimas del incendio de las discotecas de Murcia se hallaron en un espacio de veinte metros cuadrados de la primera planta de la Fonda Milagros. La Policía estima que se llegaron a alcanzar temperaturas de entre 1.000 y 1.500 grados.

Tras la tragedia, el luto, el trabajo psicológico, la labor de las administraciones y, por supuesto, la de la Justicia. La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Murcia, Ana María Martínez, ya ha abierto diligencias. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia murciano, los hechos se investigan como 13 posibles delitos de homicidio imprudente.

Según el Fiscal Superior de Justicia de Murcia, José Luis Díaz Manzanera, las penas para quienes la justicia considere responsables del incendio pueden alcanzar los 9 años de prisión si el caso se desarrolla por la vía penal. "Aumentando las penas en grado, en función de la extrema gravedad y añadiendo otro aspecto, que es que afecte a un número importante de personas, se puede llegar incluso hasta los 9 años de prisión", ha declarado Díaz Manzanera a Onda Regional de Murcia.

Ya dice el fiscal que las diligencias van a extenderse en el tiempo porque se trata de un hecho "de una gran gravedad", que conllevará la práctica de "numerosas diligencias". Porque el paso de la Justicia es lento pero inexorable. ¿Qué camino judicial le espera al caso? ¿Qué sucedió en tragedias similares?

1990: Discoteca Flying de Zaragoza

El incendio de Murcia ha sido el más mortífero en una discoteca desde el caso de la Flying de Zaragoza. En aquella ocasión, el 14 de enero de 1990, murieron 43 personas. Se encontraron dos cadáveres en la planta baja y 41 en el sótano.

El propietario de la discoteca Flying llegó a atribuir el incendio al terrorismo

La investigación y el proceso judicial posterior se alargaron durante más de 20 años. El caso se inició en la vía penal, continuó en la vía contencioso-administrativa y finalmente terminó, a instancias de las familias de 17 de las víctimas, en la civil.

Sin compensación económica

En la vía penal, el encargado de la discoteca, Francisco Lacruz, fue procesado junto al propietario Faustino Martínez (que llegó a atribuir el incendio al terrorismo). El primero fue condenado por imprudencia y debía pagar 60.000 euros para cada una de las 17 familias y 240.000 a una mujer gravemente herida. Martínez fue considerado responsable civil subsidiario.

Sin embargo, ni uno ni otro abonaron las indemnizaciones. Lacruz falleció sin poder exigirse la ejecución de la sentencia y Martínez se declaró insolvente... aunque no era cierto. Tiempo después fue condenado a dos años de prisión por insolvencia fraudulenta al considerarse que había ocultado su patrimonio para eludir el pago de las indemnizaciones.

El Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza fueron exculpados de responsabilidad civil en el incendio

Las familias intentaron que se declarase la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Zaragoza y del Gobierno de Aragón, pero no lo consiguieron. En junio de 2014, la Audiencia de Zaragoza ratificó la decisión de aquel juzgado de exculpar a ambas administraciones.

1983: discoteca Alcalá 20, de Madrid

La mayor tragedia en una discoteca en España tuvo lugar en Madrid el 17 de diciembre de 1983, cuando un incendio originado tras las cortinas del escenario de la discoteca Alcalá 20 acabó con la vida de 81 personas, la mayoría jóvenes. Según los forenses, 31 de las personas murieron directamente por culpa del fuego, 13 por inhalación y 36 aplastados o asfixiados al tratar de huir.

Recreación de la discoteca Alcalá 20 de Madrid en la serie 'Cuéntame cómo pasó'.
RTVE

Fue una inmensa tragedia e incluso fue recordada un capítulo de la decimosexta temporada de la serie Cuéntame cómo pasó. El alcalde de Madrid, Enrique Tierno, decretó el 19 de diciembre de 1983 como día de luto.

Diez años para una sentencia

De la investigación se ocupó el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid. La acusación se dirigió hacia los cuatro dueños del local, el electricista que realizó la instalación y el inspector del Ministerio del Interior que no observó las muchas deficiencias de seguridad que presentaba el recinto.

Tuvieron que pasar diez años para que se iniciara el juicio. La sentencia de la Audiencia de Madrid llegó en abril de 1994 y condenó a dos años de cárcel por un delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte, lesiones y daños a los cuatro dueños del local (Emilio Urdiales, Pedro Rascón, Doroteo Martín y Carlos Mendoz), al electricista (Miguel Gabaldón) y al funcionario encargado de inspeccionar el local (Guillermo Herranz).

Indemnizaciones: 2.000 millones de pesetas

Se fijaron unas indemnizaciones cercanas a los 2.000 millones de pesetas, declarando al Estado como responsable civil subsidiario. La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo. Este la ratificó salvo en el caso del inspector Guillermo Herranz, que vio su condena rebajada al considerar que los hechos eran constitutivos de una falta simple de imprudencia y no de un delito.

En el caso de Alcalá 20 se declaró al Estado como responsable civil subsidiario

Ningún político asumió responsabilidades por la tragedia. El único cargo político juzgado, el ex concejal del Ayuntamiento de Madrid Emilio García Horcajo, fue absuelto.

2012: la fiesta del Madrid Arena

No fue un incendio, pero la capital también vivió el accidente del Madrid Arena el 1 de noviembre de 2012. Una avalancha durante una fiesta de Halloween protagonizada por el DJ Steve Aoki en este edificio propiedad del Ayuntamiento de Madrid causó la muerte de cinco jóvenes.

Foto de la tuitera @MacaAlvear del Madrid Arena aquella noche de Halloween.
@MacaAlvear

De madrugada se produjo un taponamiento en uno de los pasillos de evacuación de la pista, quedando aplastadas varias personas, entre ellas las cinco fallecidas. Rocío Oña, Cristina Arce y Katia Esteban, todas de 18 años, fallecieron esa misma noche en el recinto. Semanas más tarde fallecieron en el hospital Belén Langdon, de 17 años, y María Teresa Alonso, de 20.

Sobreaforo y negligencias sanitarias

En el juicio se determinó que la muerte de las cinco jóvenes y las lesiones de otras 29 personas se produjeron como consecuencia del sobreaforo. Quedaron patentes las negligencias que hubo por parte del equipo sanitario responsable del evento, organizado por el empresario y principal condenado Miguel Ángel Flores, y la empresa encargada de la seguridad, Seguriber. Flores fue condenado a cuatro años de prisión como autor responsable de cinco delitos de homicidio y catorce de lesiones por imprudencia grave.

El encargado de los servicios sanitarios fue condenado a un año de prisión, pero no cumplió al quedar suspendida la pena

El médico Simón Viñals, encargado de dirigir los servicios sanitarios en el Madrid Arena cuando ocurrieron los hechos, fue inicialmente absuelto. Sin embargo, en marzo de 2018, el Tribunal Supremo anuló esa absolución. Viñals fue condenado a un año de prisión por un delito de imprudencia grave al no atender a una de las víctimas, pero no cumplió prisión al quedar suspendida la pena.

Hubo dimisiones

Además el Alto Tribunal ratificó la condena de Flores y las penas a tres años de cárcel impuestas a Francisco del Amo, responsable de Madrid Espacios y Congresos, y a Santiago Rojo, director general de Diviertt. También a dos años y seis meses de prisión a Miguel Ángel Morcillo, jefe de personal de esa última empresa, y a Carlos Manzanares, socio de Kontrol 34.

El promotor del evento cumplió su condena y está en libertad total desde octubre de 2020

Miguel Ángel Flores cumplió su condena y se encuentra en libertad total desde octubre de 2020.

Por la parte política, dimitieron cuatro cargos, entre ellos el entonces concejal de Seguridad, Pedro Calvo, y el que fuera vicealcalde de Madrid, Miguel Ángel Villanueva, por su vinculación con Flores, el promotor del evento.

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