Los juristas de Sumar apuestan por una amnistía desde 2013 ante la "falta de proporcionalidad" de decisiones judiciales

Carles Puigdemont y Yolanda Díaz, en Bruselas.
Carles Puigdemont y Yolanda Díaz, hace unas semanas en Bruselas.
EFE
Carles Puigdemont y Yolanda Díaz, en Bruselas.

Sumar intenta sentar las bases para poner en marcha una ley de amnistía que ponga los cimientos a "la solución del conflicto político existente entre Cataluña y el Estado español, que resultó agravado por una contundente represión penal y por la falta de proporcionalidad con la que se adoptaron ciertas decisiones judiciales". Así reza el informe del grupo de juristas seleccionado por la coalición de Yolanda Díaz, un comité que recomienda incluir en esa amnistía tanto a los principales líderes del procés como a los manifestantes encausados tras su participación en alguna marcha independentista, así como a los miembros de Comités de Defensa de la República (CDR) imputados, por ejemplo, por los cortes de carreteras catalanas a modo de protesta o procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista.

La presentación de este "dictamen" jurídico, que según Sumar debe ser la base de su propuesta de amnistía, tuvo lugar este martes por la tarde en Barcelona. Díaz acudió al acto, pero renunció a intervenir en el mismo y se limitó a presenciar desde el público el discurso del negociador jefe de Sumar con los independentistas, Jaume Asens, así como las intervenciones de los juristas que defendieron el texto. Y es que, tal y como aseguraron el lunes fuentes de Sumar, las opiniones del informe, de 37 páginas, únicamente representan al grupo que lo ha elaborado: el texto "está abierto a recibir aportaciones y no es un punto de llegada a nada", sino que se utilizará como base para las "negociaciones" que llevará a la iniciativa final, señaló Asens.

En cualquier caso, el informe presentado este martes apuesta por una amnistía que incluya conductas constitutivas de delito o faltas ocurridas en los últimos 10 años relativas al proceso independentista fallido de Cataluña. En concreto, la fecha de inicio del periodo amnistiado sería el 1 de enero de 2013 por ser "el inicio del proceso reivindicativo del derecho a decidir en Cataluña", y ese plazo se extendería hasta el 17 de agosto de 2023, "pues a partir de ella se constituye el parlamento que decidirá —en su caso— la aprobación de una medida tan excepcional". "La amnistía no es el olvido político, es el olvido judicial", dijo Asens.

El informe, no obstante, matiza que "no cualquier comportamiento ilícito realizado durante ese espacio temporal será objeto de esta ley: sólo aquellas acciones y omisiones que hayan tenido por finalidad la reivindicación del derecho de autodeterminación de Cataluña". Fuentes de Sumar concretan que eso implica, aunque en el dictamen no aparezcan reflejados expresamente sus nombres, que quedarían fuera del alcance de la amnistía dirigentes como la expresidenta del Parlament Laura Borrás o el expresident de la Generalitat Jordi Pujol, ambos encausados en procedimientos por delitos de corrupción ajenos a la causa independentista.

No obstante, en la ley propuesta por el grupo de expertos de Sumar sí estarían incluidas "determinadas actuaciones policiales que impidieron la reivindicación del derecho de autodeterminación", si bien "sujetas a unos requisitos muy específicos". Básicamente, estos requisitos son dos: que no se trate de crímenes inamnistiables según el derecho internacional, como las torturas, y tampoco de detenciones en las que el agente fuera perfectamente consciente de que no había un motivo real para ejecutar el arresto.

Manifestantes, CDR o alcaldes

El informe argumenta que la mayor parte de los beneficiados por la amnistía únicamente están acusados de delitos penales, civiles o administrativas de poca consideración. El texto, por ejemplo, apunta a las concentraciones de 20 de septiembre y 1 de octubre de 2017 que después sirvieron para acusar de sedición a varios de los líderes del procés, y afirma que "si por algo se caracterizaron esas concentraciones fue por su carácter pacífico". "Que la violencia fue residual lo acredita, además, el escaso número de detenciones practicadas" en ellas, apuntan los juristas.

Otro gran foco de imputaciones que se verían borradas con la amnistía fueron "las protestas ciudadanas" contra la sentencia del juicio del procés en 2019, "traducidas en manifestaciones y concentraciones, algunas de las cuales desembocaron en desórdenes públicos". "Concretamente, entre la fecha de emisión de aquella (14 de octubre de 2019) y la concentración masiva en el Camp Nou (18 de diciembre de 2019) fueron imputadas penalmente más de 700 personas", recuerda el dictamen.

Por último, "los cortes de carreteras dieron lugar a más de 250 causas" y "50 cargos de la Generalitat siguen sometidos todavía a procedimientos penales [...] por su implicación en el referéndum del 1 de octubre, mientras que más de 700 alcaldes fueron investigados por apoyarlo". Y "a día de hoy se mantienen en pie varios procedimientos penales por distintos delitos contra el orden público (el caso de los CDR), por apoyo económico al procés (Operación Volhov) o la imputación a Tsunami Democràtic por la organización de las protestas callejeras". Todos ellos quedarían igualmente amnistiados si se aplicara el modelo de olvido legal por el que apuestan los juristas de Sumar.

El encaje constitucional

Los motivos que esgrime el dictamen jurídico para poner en marcha una ley de amnistía se resumen, básicamente, en uno: es una herramienta de la que disponen los Estados para solucionar problemas de carácter político y, en este caso, es la segunda fase de "un giro político-criminal profundo hacia una resolución política y no penal del conflicto político generado en Cataluña". "La amnistía se articula alrededor de motivaciones estrictamente políticas" y las Cortes, como poder legislativo, tienen derecho a poner esta medida en marcha por razones de "interés general", argumenta el informe de Sumar.

Para los juristas autores del dictamen, además, la amnistía es plenamente constitucional porque, aseguran, la Carta Magna no la prohíbe expresamente como sí hace con los indultos generales, aunque tampoco se refiere a ella en ningún momento. El informe señala, además, que varias sentencias tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional reconocen la posibilidad de aplicar esta medida, y recuerda además que la figura "no es ajena a las constituciones de algunos de los países de nuestro entorno", entre ellos Suiza, Portugal o Italia.

El ejemplo más parecido al español, no obstante, es el alemán, según los juristas. Aunque la Carta Magna germana, como la española, no recoge la amnistía dentro de su texto constitucional, "el Tribunal Constitucional Federal admite que existe la posibilidad de aprobar leyes de amnistía, siempre y cuando estas cumplan determinados requisitos". Esas condiciones son que no se haga "un tratamiento diferenciado entre quienes participaron en los hechos", que exista "un motivo legítimo", que se vehicule a través de una ley orgánica (que requiere de la mayoría absoluta del Congreso para ser aprobada) y "que cumpla con el respeto a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos".

Daniel Ríos
Redactor '20minutos'

Redactor de Nacional. Me hice mayor en Infolibre y llegué a 20minutos a finales de 2019. Sigo a Sumar y a Podemos y me paso la vida en el Congreso, donde también me encargo de la crónica parlamentaria. Cosecha de 1993.

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