El motivo por el que Hacienda puede embargar tu salario en la recta final del año

Imagen de archivo de una oficina de la Agencia Tributaria en Madrid.
Imagen de archivo de una oficina de la Agencia Tributaria en Madrid.
CARLOS LUJÁN / EP
Imagen de archivo de una oficina de la Agencia Tributaria en Madrid.

Los contribuyentes tienen unas obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria. Además de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) quien esté obligado, es necesario cumplir con una serie de actuaciones para evitar deudas fiscales.

Hacienda vigila los movimientos financieros y económicos que se ejecutan a partir de ciertos límites. Así, al tener deudas, es posible que una parte de tu salario o pensión pueda ser embargado por parte del organismo público.

En cualquier caso, en primer lugar, antes de proceder a cualquier embargo, el organismo público deberá notificarlo a la persona afectada.

Pero según recoge el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, relacionada con el embargo de sueldos y pensiones, será "inembargable" el "salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional".

Por tanto, los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:

  • Del 30% para aquellos con sueldos entre 1.080 y 2.160 euros.
  • Del 50% para aquellos con sueldos entre 2.160 y 3.240 euros.
  • Del 60% para aquellos con sueldos entre 3.240 y 4.320 euros.

  • Del 75% para aquellos con sueldos entre 4.320 y 5.400 euros.

  • Del 90% para quienes ganen más de 5.400 euros.
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