Lotería Navidad

Estas son las personas que tienen prohibido jugar en la Lotería de Navidad

Una serie de personas tienen prohibido comprar Lotería de Navidad este año.
Jorge París

A poco menos de dos meses para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, son muchas las personas que ya han reunido una gran cantidad de décimos o participaciones para probar suerte el próximo 22 de diciembre y optar a uno de los numerosos premios que reparte el tradicional sorteo navideño. Sin embargo, algunas personas no podrán participar en el sorteo ni optar a uno de los premios, según lo establecido por la ley. 

Y es que la regulación española sobre el juego establece determinados casos en los que las personas no pueden participar en sorteos de juegos de azar, lo que, por supuesto, incluye el sorteo de la Lotería de Navidad.

Estas son las personas que no pueden jugar la Lotería

Según la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las siguientes personas tienen prohibida su participación en cualquier juego de azar regulado, incluyendo la Lotería de Navidad

  • Los menores de edad.
  • Los incapacitados legalmente o por resolución judicial, de acuerdo con lo que establezca la normativa civil.
  • Las personas que voluntariamente hubieren solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme.
  • Los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten aquellos, con independencia de que la participación en los juegos, por parte de cualquiera de los anteriores, se produzca de manera directa o indirecta, a través de terceras personas físicas o jurídicas.
  • Los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta (este caso no se aplica a la Lotería de Navidad, sino a otros eventos de juego, como los de la hípica, por ejemplo).
  • Los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta (este caso no se aplica a la Lotería de Navidad, sino a otros eventos de juego, como los de la hípica, por ejemplo).
  • Los jueces o árbitros que ejerzan sus funciones en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta, así como las personas que resuelvan los recursos contra las decisiones de aquellos (este caso no se aplica a la Lotería de Navidad, sino a otros eventos de juego, como los de la hípica, por ejemplo).
  • El Presidente, los consejeros y directores de la Comisión Nacional del Juego, así como a sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado y a todo el personal de la Comisión Nacional del Juego que tengan atribuidas funciones de inspección y control en materia de juego.
  • Cualesquiera otras personas que una norma pueda establecer.

20minutos.es líder en los diarios más leídos en internet. Consulta las últimas noticias en el diario gratuito de referencia en España.

loading...