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El hombre acusado de enviar cartas con explosivos a Sánchez y Robles será juzgado por terrorismo en la Audiencia Nacional

Entrada a la Audiencia Nacional.
Europa Press

El hombre que presuntamente envió seis cartas-bomba el pasado noviembre a Pedro Sánchez, Margarita Robles y varias instituciones será procesado por terrorismo y fabricación y empleo de artefactos explosivos en la Audiencia Nacional. Así lo ha confirmado este jueves la Sala de lo Penal de la Audiencia al rechazar el recurso presentado por la defensa del hombre, un burgalés de 74 años llamado Pompeyo González Pascual. 

El juez instructor de la Audiencia Nacional José Luis Calama acordó el procesamiento en junio, pero el investigado presentó un escrito defendiendo que no existen indicios racionales de su participación en los hechos que se le imputaban, que según él no debían considerarse terrorismo. 

González Pascual solicitó el sobreseimiento de la causa pero la Sala de lo Penal ha decidido confirmar su procesamiento. A través de un auto, señala que los hechos investigados "vienen ampliamente recogidos en la resolución impugnada", en la que se señala "con detalle" el resultado de unas pruebas científicas que permiten calificar provisoriamente los hechos como un delito de terrorismo.

Según reveló la investigación y ha reafirmado la Sala de lo Penal, el acusado habría enviado cartas con explosivos al Palacio de la Moncloa, a la Embajada de Ucrania, al director de una empresa que diseña y fabrica equipo militar para el Ministerio de Defensa y al propio ministerio que dirige Margarita Robles. También habría remitido otras cartas bomba a la base aérea de Torrejón de Ardoz y a la Embajada de Estados Unidos. La investigación ha conseguido recabar "material incriminatorio suficiente" para procesar al investigado como presunto terrorista. 

En su recurso, González Pascual cuestionó esta calificación por no haber pruebas de colaboración con un grupo terrorista, lo cual el auto reconoce. Sin embargo, "el contexto" en el que se produjeron los intentos de ataque -en plena guerra de Ucrania-, la viabilidad de que las explosiones se produjeran (en la Embajada de Ucrania hubo una explosión que dejó un herido), y los destinatarios de las misivas son para la Audiencia Nacional evidencias de que el investigado tenía "el objetivo de alterar gravemente la paz pública"

El auto de este jueves asegura, en este sentido, que el investigado trataba de enviar el mensaje de que los ataques estaban vinculados a Rusia y buscaba la represión de los intereses de España y Estados Unidos por su apoyo a Ucrania. Los ataques, relata la Audiencia, tenían un segundo objetivo, "obligar a los poderes públicos a abstenerse del apoyo" a Ucrania. 

Se da la circunstancia de que, al tener entre sus objetivos al presidente del Gobierno y a la ministra de Defensa, dos de los delitos de terrorismo se aplicarían en su modalidad agravada. Así lo recoge en su artículo 573 el Código Penal, dictando que la pena se aplicará en su mitad superior cuando los objetivos del ataque terrorista sean miembros del Gobierno. 

Coincidiendo con "las acertadas consideraciones" del juez instructor, la Sala concluye que el material recabado es suficiente como para continuar con el procedimiento, de forma que el hombre de 74 años será juzgado en la propia Audiencia Nacional. Las resoluciones recurridas por el presunto terrorista recogen "con detalle" la ocurrencia de los hechos y de ellas se deducen indicios de la comisión del delito y su imputación a González Pascual. 

Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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