Juristas señalan que la denuncia del PSOE contra Abascal "tiene poco recorrido a la vista de los precedentes"

El líder de Vox utiliza una foto de las las juventudes socialistas “guillotinando” a Rajoy para amortiguar sus declaraciones sobre “colgar de los pies” a Sánchez
El líder de Vox utiliza una foto de las las juventudes socialistas “guillotinando” a Rajoy para amortiguar sus declaraciones sobre “colgar de los pies” a Sánchez
El líder de Vox utiliza una foto de las las juventudes socialistas “guillotinando” a Rajoy para amortiguar sus declaraciones sobre “colgar de los pies” a Sánchez
El líder de Vox utiliza una foto de las las juventudes socialistas “guillotinando” a Rajoy para amortiguar sus declaraciones sobre “colgar de los pies” a Sánchez.
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La denuncia que el PSOE ha presentado ante la Fiscalía contra Santiago Abascal por decir que el pueblo querrá colgar a Pedro Sánchez "por los pies" no tiene "demasiado recorrido", según indican a 20minutos fuentes jurídicas. Los socialistas creen que las declaraciones del líder de Vox pueden ser constitutivas de "calumnias", "injurias", de un delito de odio y de "amenazas graves al Gobierno", pero los juristas consultados apuntan que "dados los precedentes", la denuncia no prosperará. 

A lo largo de 21 folios, el PSOE explica que las palabras de Abascal suponen "una reiterada incitación al odio" frente al partido y su ideología, con el agravante de que se producen en un contexto de concentraciones ante la sede de Ferraz "que han terminado en numerosas ocasiones de forma violenta". Así, consideran que el líder de la formación puede haber incurrido en varios delitos, teniendo en cuenta una serie de factores: la repercusión mediática de las declaraciones, la difusión de las mismas en la cuenta de Twitter de Abascal y otros ataques que el político ha dirigido contra Sánchez en las últimas semanas, llegando a acusarle de dar un "golpe de Estado". 

Por tanto, el partido ha instado al Ministerio Público a investigar varios tipos delictivos para averiguar si son imputables a Santiago Abascal. Mencionan entre ellos el artículo 510 del Código Penal, que se refiere a los conocidos como delitos de odio. "El delito de odio no consiste en odiar a otras personas ni a animar a odiar; eso no es punible", aclara el juez Joaquim Bosch en referencia a este artículo. 

Por el contrario, señala que el texto castiga la incitación a "la violencia o discriminación contra grupos vulnerables o personas que pertenecen a ellos". "El artículo busca proteger a colectivos vulnerables y es difícil que estos discursos contra el presidente puedan tipificarse como un delito de odio, por rechazables que parezcan", aclara el juez. 

En efecto, este delito, que se castiga con hasta cuatro años de prisión, está dirigido a "quienes públicamente fomenten" el "odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo [...] por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad".

Por tanto, según fuentes jurídicas, "es complicado que las palabras de Abascal constituyan un delito de odio porque habría que justificar que el PSOE o Pedro Sánchez pertenecen a un colectivo vulnerable". Hay un precedente especialmente elocuente a la hora de explicar las escasas posibilidades de que la denuncia prospere: precisamente Vox denunció por un delito de odio a un tuitero que publicó una foto de Mussolini junto a su amante colgado por los pies sobre la que escribió "Abascal y [Rocio] Monasterio colgados de un puente de Vallekas como sus ídolos italianos".

Tras la denuncia, el autor mostró "su arrepentimiento" al eliminar el tuit, según aclaró la Fiscalía, y la historia no fue más allá, pese a la insistencia de la formación de Abascal. "Si la Fiscalía mantiene el criterio, es poco probable que la denuncia del Partido Socialista prospere", apunta Bosch, y prosigue: "El honor de los cargos públicos tiene una protección menor porque forman parte de un debate público y tienen una protección reforzada de su libertad de expresión". 

No obstante, el texto presentado ante la Fiscalía apunta hacia otro posible delito imputable a Santiago Abascal. Sus palabras "pudieran ser consideradas dentro de delito previsto en el artículo 504.1 del Código Penal, que tipifica como delito especial las injurias, calumnias o amenazas graves al Gobierno de la Nación", sostiene la denuncia. 

Pero fuentes consultadas por este periódico lo ven también poco probable: "La expresión de Abascal no amenaza con colgar al presidente, hace una visión indirecta de que el pueblo pueda hacerlo. Embarra el diálogo institucional pero realmente es complicado que se considere una amenaza". 

Según ha informado Público, la Fiscalía General del Estado ha confirmado la llegada de la denuncia contra Abascal y ha indicado que "al tratarse de una persona aforada", la competencia de estudiarla corresponde a la Fiscalía del Tribunal Supremo, que procederá a estudiar los posibles indicios de delitos y proceder a abrir diligencias o a archivarlas. 

Atendiendo a la jurisprudencia del alto tribunal, los delitos de odio recogen la "agresión a sujetos individuales o colectivos, especialmente vulnerables, a través de distintos vehículos de comunicación", razón por la que se han archivado causas similares sobre declaraciones contra partidos políticos, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y otros grupos que no se consideran "especialmente vulnerables".  

Pedro Buenaventura
Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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