Madrid dice adiós al coche sin etiqueta: este 1 de enero ya no podrán entrar en la ciudad

Nuevas restricciones en la Zona de Bajas Emisiones en Madrid a partir del 1 de enero de 2024
Nuevas restricciones en la Zona de Bajas Emisiones en Madrid a partir del 1 de enero de 2024
Carlos Gámez
Nuevas restricciones en la Zona de Bajas Emisiones en Madrid a partir del 1 de enero de 2024

"Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías urbanas del ámbito territorial de Madrid Zona de Bajas Emisiones". Es la nueva restricción que el Ayuntamiento de la capital comenzará a aplicar a partir de este año a los vehículos con clasificación ambiental A. La principal novedad es que el territorio en el que estará vigente esta normativa será toda la ciudad, es decir, que se aplicará en los 21 distritos. De hecho, los operarios del área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad ya han comenzado a colocar los carteles en las fronteras con otros municipios en los que señalizan la entrada a la ZBE.

Esta nueva restricción al tráfico rodado está contemplada en la Ordenanza de Movilidad Sostenible que el Ayuntamiento de Madrid comenzó a implantar en 2022. En aquel momento, los vehículos sin distintivo ambiental comenzaron a tener prohibida la circulación en el interior de la M-30. El pasado 1 de enero de 2023, la regulación se amplió hasta la propia circunvalación, de manera que cualquier coche de este tipo era sancionado si alguno de los mecanismos municipales (foto-rojos, cámaras de vigilancia o agentes de movilidad) detectaba que estaba pasando por ella.

¿Cuáles son los vehículos afectados?

Los vehículos que sufrirán las nuevas restricciones de movilidad del Consistorio son los turismos con clasificación ambiental A, es decir, aquellos que no llevan etiqueta de la DGT. Este tipo de coches son los que utilizan motor de gasolina y fueron matriculados antes del 2000 y los de diésel previos al 2006. Pero no será a todos estos vehículos, sino a los que no estén empadronados en la ciudad de Madrid. Esto significa que los turismos más contaminantes de fuera de la capital no podrán circular por ninguna de las carreteras que se encuentran en el terreno municipal.

Por su parte, los coches con etiqueta B y C se mantienen como hasta ahora. Es decir, que, vengan o no de fuera de Madrid, no sufrirán ninguna limitación de circulación, a excepción del distrito Centro, donde solo pueden acceder en algunos supuestos como, por ejemplo, estacionar en un aparcamiento. En el caso de los turismos con pegatina Cero y ECO, podrán circular sin ningún tipo de restricción.

"Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías urbanas del ámbito territorial de Madrid Zona de Bajas Emisiones".

¿Habrá excepciones para entrar en la nueva ZBE?

Los turismos con clasificación ambiental A tendrán limitado el acceso a la nueva Zona de Bajas Emisiones, compuesta por los 21 distritos de la capital. Sin embargo, hay algunas excepciones. Una de ellas será para los vehículos que a fecha 1 de enero de 2022 estén domiciliados en Madrid en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y figuren en el padrón del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica. Si cumplen estos dos requisitos, podrán entrar y circular por toda la zona. Sin embargo, perderían esta situación en caso de que rompan alguno de estos dos aspectos.

Habrá también excepciones para los vehículos con etiqueta A, los que tienen motor de gasolina y han sido matriculados antes del 2000 o los diésel previos a 2006,  "conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida". No obstante, es necesario que estén dados de alta en el Sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE. De igual manera, la normativa no será aplicables a los vehículos A que no sean turismos, como camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores, y para los que tengan la consideración de 'históricos', según establece el Reglamento de vehículos históricos.

¿Qué pasa si mi coche tiene distintivo B o C?

La pegatina B, correspondiente a los turismos y furgonetas de gasolina entre el 1 de enero de 2001 y el 1 de enero de 2006 y los de diésel de entre enero de 2006 y septiembre de 2015, también sufrirán algunos cambios. Sin embargo, no será en todos los distritos de la capital, sino en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección del Centro. Hasta ahora, una moratoria aprobada durante el pasado mandato permitía que las furgonetas y camiones ligeros de menos de 3.500 kilogramos, con etiqueta B pudiesen circular por esta zona de la capital.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, tras la petición de Más Madrid y PSOE para tumbar la moratoria, decidió anular la normativa. Por este motivo, las furgonetas no podrán acceder al distrito Centro, a no ser que cuenten con alguna de las autorizaciones que permiten su entrada.

Por su parte, los turismos con distintivo B no van a sufrir cambios en la nueva Zona de Bajas Emisiones. Podrán seguir circulando y aparcando por toda la ciudad, a excepción del centro de la capital, donde tienen prohibida la entrada desde hace dos años a no ser que hagan uso de un parking público, estén empadronados en este distrito y domiciliados en Madrid, sean titulares de la tarjeta de estacionamiento de personas con movilidad reducida, tengan una plaza de garaje o sea un VTC de trayecto.

¿Cuáles son las nuevas zonas afectadas?

Hasta ahora, la Zona de Bajas Emisiones afectaba tanto a la M-30 como a su interior. Es decir, los vehículos sin distintivo ambiental tenían prohibido el acceso y la circulación en distritos como Centro, Salamanca, Chamartín, Arganzuela, Retiro, Chamberí, Tetuán y parte de Moncloa-Aravaca y Fuencarral-El Pardo. A partir del próximo 1 de enero de 2024, las restricciones se ampliarán a Carabanchel, Villaverde, Puente de Vallecas, Villa de Vallecas, Moratalaz, Vicálvaro, Latina, Barajas, San Blas-Canillejas, Ciudad Lineal y Usera.

¿Cómo y cuándo empezarán a sancionar?

El Ayuntamiento de Madrid ha colocado ya un dispositivo conformado por cerca de medio millar de cámaras de vigilancia para detectar aquellos vehículos que infrinjan la nueva normativa de la Zona de Bajas Emisiones. No obstante, antes de que comiencen a sancionar a los conductores, habrá un periodo de aviso de seis meses hasta el 30 de junio en lo que respecta a estas cámaras que leen las matrículas de los coches. Antes, el 15 de enero, estos dispositivos comenzarán a multar en la M-30 y en su interior. 

Respecto a la expansión de la zona de limitaciones de circulación son seis meses en las que a los usuarios que se salten la regulación recibirán una carta en sus casas informando de que si cometen la misma falta a partir del 1 de julio ya sí que recibirán una multa. Además, el Consistorio ha comenzado ya a enviar cartas a los conductores informando de los cambios que habrá a partir del 1 de enero de 2024.

Según informan desde Cibeles, el control automatizado se llevará a cabo, en un primer momento, con las 257 cámaras que componen ahora el sistema de control de tráfico en el interior de la M-30 y la propia circunvalación. No obstante, una vez que terminen de instalar el restos de dispositivos, 207 más, estos pasarán también a controlar los distritos en los que actualmente no había vigilancia, es decir, las circunscripciones a las que se amplían las restricciones de movilidad. En total, serán 464 dispositivos los que velarán por el cumplimiento de Madrid ZBE, una cifra a la que hay que sumar los 37 fotorojos que ya hay distribuidos por toda la ciudad.

¿Cuánto es la multa por incumplir la normativa?

Cuando el Ayuntamiento de Madrid empezó a aplicar la Zona de Bajas Emisiones, las sanciones por incumplir las restricciones ascendían hasta los 90 euros, que podían ser reducidas al 50% gracias al pronto pago. Sin embargo, la reforma de la Ley de Tráfico trajo consigo un incremento de este tipo de infracciones, calificadas como graves. Por este motivo, la multa actualmente asciende hasta los 200 euros, aunque, si se paga en un plazo de 20 días, desciende a los 100 euros.

¿Qué pasará a partir de 2025?

La aplicación de la ZBE de Madrid entrará en su penúltima fase de aplicación el próximo 1 de enero de 2024, cuando quedará prohibido el acceso y circulación por las vías públicas y urbanas de la capital a los vehículos sin etiqueta ambiental de fuera de la ciudad. Pero todavía queda una última etapa por poner en marcha, la que afectará a cualquier vehículo sin etiqueta medioambiental, esté, o no, empadronado en la capital. El área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad comenzará a aplicar esta limitación a partir del 1 de enero de 2025.

Es la medida con la que el Ayuntamiento de Madrid está luchando contra la contaminación que provoca el tráfico rodado en la ciudad. Sin embargo, habrá algunas excepciones también en 2025, como a los vehículos para personas con movilidad reducir, los considerados como 'históricos' y los de las Fuerzas Armadas.

¿Está funcionando la ZBE?

Los datos del área municipal de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad confirman que desde la implantación de la Zona de Bajas Emisiones en la capital se ha reducido el tránsito de vehículos con distintivo A en el interior de la M-30, con un 2,3% menos de los que había hasta 2022. Esto significa que el desplazamiento de este tipo de transporte ha pasado a 73.826 viajes diarios de los 3.246.971 que se producían antes.

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