La Fiscalía pide amparar a varios condenados por los ERE de Andalucía pero no a José Antonio Griñán por el delito de malversación

  • De los 12 recursos estudiados, pide estimar los recursos de ocho de los condenados solo por prevaricación.
El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán acude a los juzgados para someterse a un nuevo reconocimiento forense.
El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán acude a los juzgados para someterse a un nuevo reconocimiento forense.
EDUARDO BRIONES/EP
El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán acude a los juzgados para someterse a un nuevo reconocimiento forense.

La Fiscalía del Tribunal Constitucional ha pedido amparar a varios de los condenados por prevaricación en el caso de los ERE, entre ellos los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, pero, en cambio, ha desoído las alegaciones de este último en relación a la malversación.

Así, de los 12 recursos estudiados, pide estimar los recursos de ocho de los condenados, todos ellos sentenciados solo por prevaricación, y rechazar los recursos de tres más, aquellos que suman el delito de malversación, que fue por el que Griñán fue condenado a prisión. Del último recurso, el del ex consejero José Antonio Viera Chacón, solicita su inadmisión.  

En una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla y confirmada por el Tribunal Supremo, Griñán fue condenado a 6 años de cárcel por prevaricación y malversación, aunque su ingreso en la cárcel quedó suspendido durante cinco años por el cáncer que sufre.

Malversación de caudales públicos

El también ex presidente andaluz Manuel Chaves recibió 9 años de inhabilitación por prevaricación, sin que fuera condenado a malversación, lo que le permitió eludir la pena de prisión. 

En sus informes, la Fiscalía del TC sostiene que "la eventual revisión de penas solo debe afectar al delito de prevaricación en relación con la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley de presupuestos", según ha informado el Ministerio Público. 

Respecto de la malversación, castigada con prisión, la Fiscalía entiende que las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Tribunal Supremo no vulneran los derechos fundamentales de los condenados.

En concreto, la Fiscalía pide desestimar los argumentos que se basan en la lesión del derecho a la legalidad penal, la vulneración del principio de presunción de inocencia por inexistencia de una prueba de cargo suficiente para la condena, o la insuficiencia o irracionalidad de la fundamentación jurídica de las sentencias. 

Asimismo, rechaza la vulneración de la presunción de inocencia y el derecho al honor que algunos recurrentes atribuían a la decisión del Supremo de anticipar y difundir públicamente el fallo de la sentencia antes de dar a conocer el contenido. 

De aceptarse este planteamiento, el tribunal mantendría la condena a seis años de prisión a Griñán.

El fiscal entiende que la consideración como delito de prevaricación del ejercicio de la iniciativa legislativa, presupondría introducir un control penal respecto de la forma e incluso el contenido de dicha iniciativa que tanto el orden contencioso-administrativo como la propia jurisdicción constitucional sistemáticamente han rechazado ejercer.

Ahora bien, aboga por perdonar la parte de la prevaricación que afecta a los anteproyectos de ley, no así a las modificaciones presupuestarias para las que eran competentes el Gobierno y las Consejerías, por lo que pide que el tribunal de instancia revise las condenas a efectos de proporcionalidad de la pena.  

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