Los marineros que estén embarcados durante el periodo de las elecciones autonómicas de Galicia, convocadas para el próximo 18 de febrero tras el adelanto electoral anunciado por el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, podrán ejercer su derecho al voto como el resto de ciudadanos. En su caso, lo harán a través del servicio de radiotelegrafía, correo electrónico o fax.
Para poder votar, los marineros tienen que cumplir dos condiciones. La primera es que deben que estar embarcados desde la convocatoria de los comicios (a finales de diciembre) hasta su celebración. Además, tienen que tocar puertos previamente conocidos en el territorio nacional.
Los marineros tendrán un voto por correo particular. Los servicios de radiotelegrafía de los buques funcionarán como delegaciones de Correos y los capitanes u oficiales de los barcos serán los funcionarios encargados de la recepción de la solicitud.
Cómo solicitar el voto por correo desde alta mar
El primer paso para ejercer el derecho a voto es solicitar el certificado de inscripción en el censo. Para ello, deben dirigirse a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral donde esté inscrito el interesado y le remitirá los siguientes datos a través del servicio de radiotelegrafía, correo electrónico o fax:
- Nombre y apellidos.
- DNI o número de la tarjeta de extranjero.
- Fecha de nacimiento.
- Provincia y municipio de nacimiento.
- Municipio de residencia en el que está incluido en el censo electoral.
- Calle y número del domicilio.
- Nombre del buque en el que se encuentra embarcado.
- Puerto o puertos en el que esté prevista su arribada: hay que indicar las fechas concretas en las que se vaya a producir.
En el caso de que pueda recibir la documentación electoral por medio de otro buque, se indicará en el radiomensaje el armador, consignatario o buque donde debe ser enviada.
Cómo votar por correo desde el barco
La Delegación Provincial correspondiente comprobará la inscripción del interesado y considerará como recibida la solicitud. A continuación, remitirá la documentación pertinente al puerto, armador o buque que el elector hubiese designado.
Una vez que el elector reciba toda la documentación, la remitirá por correo certificado y urgente a la mesa electoral en que le corresponda votar.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios