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Los incentivos de la Seguridad Social por retrasar la jubilación en 2024: hasta 12.000 euros

Persona jubilada contando dinero.
Getty Images

La edad legal de jubilación en España para 2024 está establecida en 66 años y 6 meses, siempre y cuando se haya cotizado por un periodo inferior a 38 años. Los que hayan cotizado por más de 38 años podrán jubilarse a los 65 años, como viene siendo habitual. Sin embargo, aquellos que prefieran alargar su jubilación pueden ser recompensados con una serie de incentivos por parte de la Seguridad Social que podrían alcanzar los 12.000 euros.

Esta figura es la que se conoce como la jubilación demorada, y es posible tras la entrada en vigor de la ley conocida como la 'reforma Escrivá' en enero de 2022. Tal y como explica la Seguridad Social en su página web, la jubilación demorada permite a las personas trabajadoras, por cuenta propia o ajena, prolongar su vida laboral y así "acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación".

La Seguridad Social explica que entre las ventajas que se ofrecen a los trabajadores para retrasar su jubilación más allá de la edad ordinaria se encuentra un "complemento económico" que el asalariado percibirá en su pensión cuando decida jubilarse, y que podrá elegir entre dos opciones.

La primera de ellas es un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión. De este modo, el porcentaje adicional se recibirá cuando la persona se jubile, aplicando el incremento porcentual correspondiente a la pensión que reciba cada mes durante el resto de su vida, indica la Seguridad Social.

La segunda opción es elegir una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente. Este pago único se recibirá en el momento de la jubilación y la cuantía variará en función de los años de cotización acreditados en la fecha en que se cumplió la edad de jubilación ordinaria.

La tercera vía ha tenido lugar con la entrada en vigor del Real Decreto 371/2023 el pasado 18 de mayo de 2023, y se trata de una fórmula mixta, es decir, una combinación de las opciones anteriores y que no tiene un carácter retroactivo.

En este sentido, la Seguridad social pone el ejemplo práctico de una persona con 35 años cotizados y una pensión inicial estimada de 1.500 euros al mes, que decide retrasar dos años más su jubilación. Si se decanta por la primera opción, su pensión al jubilarse subiría en 120 euros más al mes al incrementar su base reguladora un 4% por cada año que alarga su vida laboral.

Con la segunda opción, al jubilarse recibiría un pago extraordinario de 15.414 euros, ya que en su caso serían 7.707 euros por año de retraso en la edad de jubilación.

Por otra parte, si prefiere la tercera opción, se jubilaría recibiendo un pago extraordinario de 7.707 euros y su pensión se incrementaría en 60 euros al mes.

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