Empleo

Estos son los errores que pueden cometer las empresas al despedirte y por los que puedes cobrar indemnización

Los errores en el despido pueden traernos una generosa indemnización.
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Frente al despido, resignación. Eso es, al menos, lo que cree la mayoría de trabajadores a los que han echado de sus puestos de trabajo, por uno u otro motivo. Pero la realidad es que, en cualquier caso, las empresas han de justificar su decisión de rescindir la relación laboral y cumplir con una serie de requisitos formales. 

Tres errores comunes en los despidos

La biblia de las relaciones laborales es el Estatuto de los Trabajadores. En él, se recogen las prácticas obligatorias y los derechos de los empleados, así como los procedimientos para establecer dichas relaciones.

1. Despedir por WhatsApp

Cada vez son más comunes los testimonios de empleados que han sido despedidos a través de algún tipo de mensajería instantánea, por lo que es importante recordar que, según se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, el despido siempre debe notificarse por escrito, facilitando la carta de despido, en la que han de recogerse la fecha y las causas por las que se extingue el contrato.

Ante esta situación, la recomendación de los expertos de Legalitas es "impugnar el despido en el plazo de 20 días hábiles para conseguir la calificación del despido como improcedente (o nulo en determinados casos) por defectos formales, lo que implicaría generalmente el derecho para el trabajador de percibir una indemnización o de ser readmitido". 

En este último caso, la empresa tendría un plazo de 5 días para decidir si readmite al trabajador en el mismo puesto y condiciones, o le abona una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajo, con un límite de 24 mensualidades.

2. Calificar el despido de procedente

En la carta de despido, es relativamente habitual que la empresa trate de justificar su acción calificando el despido como 'procedente'. Sin embargo, esta calificación no corresponde al empleador ni a la compañía. Únicamente un juez puede definirlo como tal.  

Así, los despidos solo pueden ser objetivos o disciplinarios: en ambos casos, se tiene derecho a cobrar finiquito y, en el primero, además, se debe cumplir un preaviso de 15 días a la hora de notificarlo y abonar una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades.

3. La empresa se niega a dar la carta de despido

Cuando un trabajador se niega a firmar la carta de despido, es probable que la empresa se niegue a dársela. Sin embargo, esto es ilegal. De darse esta situación, la empresa deberá entregar por burofax la carta firmada por dos testigos.

Los expertos recomiendan, además, firmar como 'no conforme' la carta de despido que, aunque no firmarla no evita el despido, podría ser una prueba para reclamarlo. 

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