Las claves y novedades en la campaña de la Renta 2023-2024 en Galicia

La declaración de la renta comienza el día 3 de abril.
La declaración de la Renta en Galicia arranca el día 3 de abril.
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La declaración de la renta comienza el día 3 de abril.

Ya ha dado comienzo la nueva campaña de la declaración de la Renta 2024 en Galicia, que se corresponde con el ejercicio económico de 2023. Desde este 3 de abril y hasta el 1 de julio los gallegos tienen que confeccionar sus borradores por vía telemática, presencial o telefónica. Muchos contribuyentes ya se encuentran elaborando su solicitud para presentar ante la Agencia Tributaria.

Para presentar la declaración anual del IRPF por Internet, el plazo se abrió este 3 de abril y el trámite tiene que realizarse a través del portal 'Renta WEB' de la Agencia Tributaria, en su sede electrónica. En el apartado habilitado para la declaración de 2023-2024, hay que seleccionar la opción de 'Tramitación del borrador/declaración'.

Sin embargo, los que opten por la vía telefónica o presencial tendrán que esperar hasta el 29 de abril para solicitar cita previa por Internet o llamado a los siguientes números: 915 35 73 26 / 901 12 12 24 / 915 53 00 71 / 901 22 33 44. El 7 de junio se abrirá el plazo para presentarla por teléfono, mientras que para hacerlo de forma presencial será a partir del 3 de junio. En cualquier caso, el plazo máximo se extenderá hasta el 1 de julio.

Novedades en la declaración de la Renta de Galicia

Más allá del calendario de la Renta, que este año será más extenso que nunca, Galicia contará con otras muchas novedades. Una de ella es que todos los autónomos, independientemente de sus ingresos, están obligados a presentar la declaración. Además, las familias con más de un hijo tendrán ventajas fiscales: podrán deducirse hasta 250 euros. Sin embargo, desaparece la ampliación en caso de que el menor tenga una discapacidad inferior al 65%. 

A esto se suman las novedades en las deducciones estatales, que también afectan a los gallegos. La deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación cambia los requisitos. En el caso de los contribuyentes que hayan adquirido un coche eléctrico o hayan instalado un punto de recarga podrán deducirse un 15% del coste hasta 3.000 euros en el primer caso o un 15% hasta los 600 euros en el segundo.

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