Rafael Amargo, absuelto de los cargos por vender droga en su casa tras declararse nulas las escuchas telefónicas

Rafael Amargo, absuelto de los cargos por vender droga en su casa tras declararse nulas las escuchas telefónicas
Rafael Amargo, absuelto de los cargos por vender droga en su casa tras declararse nulas las escuchas telefónicas
Rafael Amargo, absuelto de los cargos por vender droga en su casa tras declararse nulas las escuchas telefónicas
Rafael Amargo, absuelto de los cargos por vender droga en su casa tras declararse nulas las escuchas telefónicas
Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al bailaor Rafael Amargo de un delito contra la salud pública del que había sido acusado por la Fiscalía de Madrid en relación a la venta de droga en su antiguo piso de Malasaña de la capital al declararse nulas las intervenciones telefónicas.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados exoneran al bailaor, a su exproductor Eduardo de Santos y al socio Manuel Ángel Batista León por los mismos hechos.

Rafael se encontraba en libertad provisional desde el pasado 12 de abril, fecha en la que el juicio quedó visto para sentencia. Esta medida se acordó a instancias de la Fiscalía de Madrid para asegurar la celebración del juicio después de quebrantar las medidas impuestas de firmar ante el juzgado.

La absolución tiene lugar después de que la Sala considere que no se cumplieron las exigencias mínimas que exige la ley para acordar la intromisión al secreto de las comunicaciones, por lo que declara nula la intervención de los teléfonos de los investigados solicitada por la Policía y acordada por el juzgado de Instrucción.

Los magistrados estiman que la base objetiva que justificaba la solicitud de intervenciones telefónicas era "insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base a los elementos en que fundamentaban los agentes la sospecha de la comisión de un delito contra la salud pública".

Esta cuestión fue planteada al inicio de la vista oral por la defensa de los investigados, entre ellos el abogado Marcos García Montes, y el tribunal lo ha considerado pertinente.

Se enfrentaba a nueve años de cárcel

"La resolución, accediendo a la solicitud policial, fue asumida sin más por el juez de instrucción en el sentido que no entró a ponderar la suficiencia de los datos", reza la sentencia. "Los elementos de carácter objetivo se aportan, no así si los mismos eran suficientes para alcanzar tal conclusión, al faltarle a la investigación datos sobre las relaciones entre unos y otros, entre Rafael Amargo y las presuntas 'mulas' que trabajarían para él, quién vivía en cada domicilio o si se encontraban en él en el momento de los hechos".

A la desproporcionalidad de esta medida, que tiene un carácter general, se añadió en el momento otra circunstancia, como fue la de añadir a la lista de los teléfonos intervenidos los de la esposa de Rafael.

Se hizo, según el tribunal, con la excusa de que los narcotraficantes suelen utilizar los dispositivos telefónicos de otras personas de su núcleo familiar para sus ilícitas actividades, supuestos que no constan en ningún oficio policial. La sospecha de que los teléfonos de la esposa fueran utilizados por el marido no parece, pues, mínimamente fundada.

Declarado nulo el auto de intervención telefónica, la sentencia presume que podría no haber conexión entre esto y las diligencias posteriores: "La autorización de entrada y registro y lo encontrado en los domicilios han de quedar también afectados por la nulidad de las intervenciones telefónicas". Por lo tanto, "el material probatorio derivado del registro domiciliario ha de quedar excluido de valoración".

De hecho, los jueces dudan de que, aun con la valoración del material probatorio excluido, pudiera haberse concluido la existencia de esa presunta organización de venta de estupefacientes. Como tampoco parecía evidenciarse con una mínima consistencia la hipótesis apuntada por los investigadores de la existencia de un intento de financiación de la obra Yerma.

Rafael Amargo se enfrentaba a nueve años de cárcel por un delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia, al igual que su productor Eduardo de Santos al mantener la fiscal sus peticiones de condena.

En los informes, el abogado Marcos García Montes solicitó la libre absolución de Amargo y, en el caso de que fuera condenado, que se le apreciara una eximente completa por adicción a las drogas y se le sometiera a un tratamiento ambulatorio.

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