Cataluña

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo archiva una demanda de Artur Mas contra España por la consulta de 2014

El expresidente de la Generalitat Artur Mas, a principios de mayo en Barcelona.
Kike Rincon / EP

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha archivado una demanda del expresident catalán Artus Mas contra la condena por la consulta independentista de 2014 porque no ha enviado sus observaciones sobre el caso.

El Tribunal, con sede en Estrasburgo (Francia), anunció este jueves que ni Mas ni su abogado han presentado sus observaciones tras varias advertencias enviadas en los últimos meses para recalcarles que, de no hacerlo, el caso sería archivado.

Según ha anunciado este lunes el tribunal con sede en Estrasburgo, la corte acordado "por unanimidad" dejar la demanda de Mas fuera de su "lista de casos" al concluir que el político catalán no tenía "intención de proseguir con la solicitud" que presentó contra España

El TEDH ha explicado que envió una carta a Mas en diciembre de 2023 en la que le notificó que "el plazo previsto para la presentación de sus observaciones había expirado y que no se había solicitado ninguna prórroga". Según ha precisado, en enero de este año, envió otro escrito al expresidente catalán por correo certificado, "invitándole a presentar observaciones a más tardar el 12 de febrero".

Archivo del caso

La corte avisó a Mas de que el artículo 37.1 del Convio Europeo de Derechos Humanos establece que el TEDH podía eliminar la demanda de su lista de casos si se daban las circunstancias que le llevaran a concluir que el demandante no tenía intención de seguir con el caso.

"El representante del solicitante se conectó a eComms --la plataforma de comunicación del tribunal-- el 19 de enero de 2024. Sin embargo, no hubo respuesta del solicitante ni de su representante", ha señalado el tribunal.

Así las cosas, Estrasburgo ha concluido que "ya no está justificado continuar con el examen de solicitud", por lo que ha eliminado la demanda de Mas de su lista de casos.

Condena a Mas

Mas acudió al TEDH al cuesitonar que su condena cumpliese "el requisito de claridad y previsibilidad" que recoge el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que fija que nadie podrá ser condenado por una acción que --en el momento que haya sido cometida-- no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional.

El expresidente catalán sostenía en su demanda que la advertencia que el Tribunal Constitucional le hizo antes del 9 de noviembre de 2014 "no fue suficientemente precisa, concreta y categórica en cuanto a la prohibición de realizar la consulta" y cuestiona que tuviese carácter "penal", según apunta el TEDH.

Tres años después, en 2017, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña condenó a Mas a dos años de inhabilitación para cargos públicos por haber desobedecido la advertencia del Tribunal Constitucional sobre la consulta del 9-N, organizada con fondos públicos, sobre una posible futura independencia de Cataluña.

En 2018, el Tribunal Supremo rebajó la pena impuesta a un año y un mes de inhabilitación. Mas, posteriormente, llevó su caso ante el Tribunal Constitucional, donde presentó un recurso de amparo que fue rechazado. Así, el expresident agotó todas las instancias nacionales, lo que le permitió elevar el asunto ante un tribunal internacional como el TEDH.

Mas lo achaca a un "malentendido procedimental"

Mas ha achacado a un "malentendido procedimental entre defensa y tribunal" que el TEDH haya desestimado su demanda sobre la causa contra España por la condena del 9N.

En un comunicado este jueves, Mas ha asegurado que esta decisión "no crea un precedente respecto a causas que se puedan juzgar en un futuro".

"Sería una oportunidad perdida si el mío fuese el único caso, pero ha habido muchos otros", ha añadido Mas, que ha recordado que en el TEDH hay otras demandas por el 1-O, por lo que considera que las futuras sentencias pueden ser diferentes a la del 9-N.

El expresidente ha sostenido que si se hubiese desestimado el fondo de su demanda "sí que sería un toque de alerta", pero ha insistido en que ha sido un malentendido procedimental.

"Entiendo que el fondo queda preservado y el terreno queda abierto para futuras resoluciones", ha zanjado.

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