El recurso, firmado por varios diputados del PP, afirma que la ley desnaturaliza la "institución básica del matrimonio", tal y como ha sido entendido hasta ahora, que requiere y goza de la "garantía institucional" de la Constitución.
El PP recuerda que en su programa electoral incluyó las uniones civiles estables y que presentó una iniciativa legislativa para institucionalizar las uniones homosexuales con igualdad de derechos.
El recurso, firmado por un grupo de diputados de este partido, se interpone contra la totalidad de la Ley 13/2005, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio y, en particular, contra las normas contenidas en el artículo único y las disposiciones adicionales primera y segunda de la ley.
Según el PP, la modificación de la Ley supone un cambio de la concepción del matrimonio a través de la inclusión de un segundo párrafo en el artículo 44 del Código Civil, que establece que "el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
"Aunque la apariencia de simplicidad en la técnica legislativa seguida pueda dar a entender otra cosa, el legislador está alterando con dos líneas de una ley ordinaria no sólo los elementos definitorios básicos de una institución fundamental, sino todo el conjunto normativo construido durante siglos alrededor de la misma", añade el texto.
"Vulnera el artículo 32"
El recurso presentado señala que la ley es contraria a la Constitución porque vulnera el artículo 32 de la misma por no respetar la definición constitucional del matrimonio como unión de un hombre y una mujer, y porque lo infringe también por no respetar la garantía institucional del matrimonio reconocida por la Carta Magna.
El PP dice además que también vulnera los artículos 10.2,14, 39, 53.1, 9 y 167. Junto a estos preceptos constitucionales, los recurrentes señalan tres razones añadidas que dan a la inconstitucionalidad de la ley "un relieve muy particular". En primer lugar se refieren al carácter de "institución básica del matrimonio", tal y como ha sido entendido hasta ahora para nuestra organización social, que requiere y goza de una protección jurídica muy especial.
En segundo lugar alegan la "im- posibilidad de que el legislador ordinario y no el constituyente modifique la Constitución utilizando el sencillo fraude de cambiar el nombre acuñado de las cosas y como tal utilizado por el constituyente".
Por último, aluden al hecho de que para "conseguir la finalidad legítima que el legislador persigue con esta reforma, nuestro ordenamiento ofrece fórmulas adecuadas sin necesidad de originar la ruptura de la Constitución que se provoca con la opción escogida".
Debate social
En el comunicado, el PP dice asimismo que la búsqueda del consenso político y social y "la apertura de un debate social profundo ha sido desdeñado por el Gobierno y por la mayoría parlamentaria". Este desdén, según el PP, no sólo ha sido en sede parlamentaria, sino que
"Grave error, cabe decir que histórico, de quienes han preferido la imposición legislativa en una cuestión tan compleja y de tan alta sensibilidad social, provocando un innecesario y profundo desencuentro social y un grave e igualmente innecesario conflicto jurídico de naturaleza constitucional", señala el recurso.
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