La Audiencia de Madrid avala que el juez investigue a Begoña Gómez contra el criterio de la Fiscalía

Considera que el juez no debió decretar el secreto de sumario, que ya se alzó este lunes.
Considera que el juez no debió decretar el secreto de sumario, que ya se alzó este lunes.
Considera que el juez no debió decretar el secreto de sumario, que ya se alzó este lunes.
Considera que el juez no debió decretar el secreto de sumario, que ya se alzó este lunes.
Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de investigar a Begoña Gomez, esposa del presidente del Gobierno, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. El tribunal, conformado por los magistrados María del Rosario Esteban, Jesús Gómez-Angulo y Enrique Jesús Bergués, ha considerado en cambio que el instructor no debió decretar el secreto de las actuaciones. En todo caso, Peinado ya levantó el secreto de sumario tras filtrarse un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. 

Ambas decisiones de la Audiencia Provincial vienen recogidas en un auto dictado este mismo miércoles en respuesta a la Fiscalía, que tras la apertura de diligencias en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid presentó un recurso de apelación al considerar que no había indicios suficientes para investigar a Gómez. La causa contra la esposa de Pedro Sánchez se abrió el 16 de abril a raíz de una querella de la organización Manos Limpias, dirigida por el ultraderechista Miguel Bernad. 

Tras conocer la incoación de diligencias, la Fiscalía Provincial de Madrid presentó un recurso contra la decisión. El primer argumento del Ministerio Público señalaba que "no toda denuncia o querella lleva inherente la incoación automática de una causa penal, sin que ello suponga lesión del derecho a tutela judicial efectiva". En este sentido, el recurso se remite a una circular de la Fiscalía General del Estado que subraya la necesidad de evitar "las diligencias de investigación que resulten prospectivas o instrumentalizadas por terceros con fines espurios". 

Al tratarse, a ojos de la Fiscalía Provincial, de una investigación "prospectiva" basada en "meras hipótesis o en la pura y simple sospecha", el escrito pedía a la Audiencia Provincial que archivara de las investigaciones. El tribunal es tajante en este sentido y señala que "la pretensión del Ministerio Fiscal de impedir toda investigación amparándose en una taxativa interpretación típica en este delicado campo es inusual". Más aún, la Audiencia indica que la solicitud de la Fiscalía Provincial "podría llevar a crear lagunas de impunidad" en un campo en que "la obtención de fuentes de prueba es compleja". 

Para abrir una investigación, como hizo Juan Carlos Peinado, "debe bastar una sospecha fundada en datos objetivos y verificables". Y, en el caso de que la hipótesis se "diluya" una vez se ha investigado, "se procederá a acordar el archivo inmediato". 

En el caso de Begoña, la Audiencia Provincial considera que en la querella de Manos Limpias existen varios "bloques", unos inverosímiles y otros que justifican la apertura de una investigación judicial. Sobre los artículos de prensa que contiene la querella en referencia a la supuesta vinculación de Begoña con el holding de una aerolínea rescatada por el Gobierno en 2020, el auto señala que el posible delito se basa en "una simple conjetura". 

En cambio, el tribunal avala el último bloque de la querella, sobre las adjudicaciones de la entidad pública Red.es a un empresario que contaba con una 'declaración de interés' firmada por Gómez. "Aparecen datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación", subraya el auto dictado este miércoles. 

En cuanto a la declaración del secreto de actuaciones, una decisión que tomó Juan Carlos Peinado según incoó las diligencias, el tribunal coincide con la Fiscalía y señala que no se debió actuar en este sentido. "El secreto de las actuaciones tiene por objeto impedir que el conocimiento e intervención del investigado puede dar lugar a interferencias o manipulaciones tendentes a obstaculizar la investigación", explica la Audiencia Provincial. 

Y sin embargo, el juez atribuyó a Gómez desde el inicio "la condición procesal de investigada" y le notificó de la apertura de la investigación. Consecuentemente, el auto indica que fue "innecesario" acordar el secreto de las actuaciones. 

Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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