¿Puedo irme de vacaciones si estoy de baja? Esto es lo que dice la ley

Brazo roto, escayolado.
Brazo roto, escayolado.
Getty Images
Brazo roto, escayolado.

Descansar es, llegado cierto punto del año, una necesidad para poder continuar con un buen ritmo de producción en el trabajo y garantizarnos una estabilidad mental, física y emocional. Por eso, las vacaciones no se perdonan. Y cuando algo se interpone entre ellas y nosotros, lo más seguro es que la batalla sea larga y cruenta. 

Según el Estatuto de los Trabajadores, en España deben garantizarse un mínimo de 30 días naturales por año trabajado de descanso, aunque no tienen por qué disfrutarse del tirón. Las fechas deberán ser acordadas entre la empresa y los empleados, siguiendo lo establecido en el convenio colectivo. Pero, ¿si estoy de baja puedo disfrutar de mis vacaciones?

De vacaciones y de baja

La Incapacidad Temporal (IT), conocida popularmente como 'baja laboral' es definida por la Seguridad Social como el "subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social". Por tanto, estar de baja laboral supone que el trabajador no tiene las garantías necesarias para poder realizar su trabajo de manera habitual y efectiva. 

Sin embargo, siempre que no se incumpla la normativa, un trabajador puede irse de vacaciones mientras está de baja. Estos son los requisitos que debe cumplir, recogidos en el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social:

  1. El derecho al subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido:
  • a) Cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación.
  • b) Cuando el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena.

2. También podrá ser suspendido el derecho al subsidio cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado.

3. La incomparecencia del beneficiario a cualquiera de las convocatorias realizadas por los médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social para examen y reconocimiento médico producirá la suspensión cautelar del derecho, al objeto de comprobar si aquella fue o no justificada. 

20minutos.es líder en los diarios más leídos en internet. Consulta las últimas noticias en el diario gratuito de referencia en España.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento