Guía para pedir una hipoteca y comprar una casa con los avales del ICO: requisitos, plazos y cómo solicitar

Guía para pedir una hipoteca con los avales del ICO
Guía para pedir una hipoteca con los avales del ICO
Carlos G. Kindelán
Guía para pedir una hipoteca con los avales del ICO

Comprar una casa es una misión casi imposible para millones de jóvenes en España: el precio medio del metro cuadrado se sitúa en 2.098 euros, cerca del máximo histórico y casi 7 puntos por encima del precio de hace un año, según los datos de Idealista. En ese sentido, los avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) anunciados por el Gobierno el pasado mes de febrero pretenden impulsar la compra de vivienda en este sector de la población.

Esta línea de ayudas, que consta de 2.500 millones de euros, cubre el 20% del precio de la primera vivienda para jóvenes y familias con menores a cargo. Con estos avales, los beneficiados pueden pagar la entrada a la compra de la vivienda, ese 20% que normalmente exigen los bancos para firmar una hipoteca, según la web oficial del ICO.

El acceso a esta línea de avales del ICO debe solicitarse a través de los bancos que se han adherido a la iniciativa, y el camino para solicitarlo está marcado por el cumplimiento de una serie de requisitos, plazos y documentos necesarios.

¿Quién puede solicitar los avales del ICO? Estos son los requisitos

En general, estas ayudas van dirigidas a jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a cargo. Los avales cubren hasta el 20% del importe de la vivienda, con límites máximos establecidos en el BOE en el precio de dicha vivienda. En caso de que la vivienda adquirida disponga de una calificación energética D o superior, se podrá avalar hasta el 25% del importe.

La concesión de los avales del ICO están sujetos al cumplimiento de una serie de requisitos:

  • Los beneficiarios deben ser mayores de edad y menores de 36 años, con residencia legal en España (pudiendo acreditarlo durante al menos dos años anteriores a la solicitud del préstamo).
  • ​La persona solicitante del aval no puede tener un patrimonio superior a 100.000 euros.
  • ​Los ingresos del solicitante no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble (es decir, los ingresos de ambos no podrán superar la suma de ambos límites). El límite se incrementa en función del número de hijos (se incrementará en 0,3 el IPREM por cada menor a cargo); y las familias monoparentales se incrementará en un 70% adicional.
  • Los solicitantes no podrán disponer con anterioridad de otra vivienda, salvo algunas excepciones contempladas por el ICO.
  • El aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos, siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario.

¿En qué bancos puedo pedir hipotecas con el aval del ICO?

Hasta 29 entidades se han adherido a esta línea de avales del ICO, por lo que a través de ellas se pueden formalizar contratos que incluyan estas ayudas de primera vivienda para jóvenes y familias a cargo:

  • Banco Santander
  • BBVA
  • Ibercaja Banco
  • Evo Banco
  • Caja de Ahorros y M.P. de Ontinyent
  • Arquia Bank
  • UCI, Unión de Créditos Inmobiliarios S.A.
  • Caja Rural de Almendralejo
  • Abanca Corporación Bancaria
  • Banco Cooperativo Español
  • Cajasiete, Caja Rural
  • Caja Rural de Extremadura
  • Caja Rural de Soria
  • Caja Rural de Teruel
  • Caja Rural del Sur
  • Caja Rural de Granada
  • Caja Rural de Salamanca
  • Caja Rural de Utrera
  • Caja Rural San José de Alcora
  • Caja Rural de Jaén, Barcelona y Madrid
  • Caja Rural de Zamora
  • Caixa Rural Galega
  • Caja Rural Regional
  • Caja Rural de Cañete de las Torres
  • Caja Rural de Gijón
  • Caixa La Vall S.Isidro
  • Caixa Popular
  • Caja Rural de Nueva Carteya
  • Caja Rural de Aragón

Los documentos que debes presentar para pedir el aval

El BOE establece la documentación que será requerida con la solicitud del aval como acreditación del cumplimiento de los requisitos. De estos documentos, declaraciones y certificados, que deberán ser aportados a las entidades bancarias, destacan los siguientes

  • DNI, NIE o pasaporte de todos los adquirentes de la vivienda.
  • DNI, NIE o pasaporte de los menores a cargo, libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho si procede.
  • Padrón municipal de convivencia para acreditar la residencia en España.
  • Declaraciones responsables del Cliente que acredite que la vivienda financiada se destina a vivienda habitual y permanente; y que acredite que no se hace uso de la vivienda para el ejercicio de una actividad económica.
  • Certificado negativo catastral que acredite que ninguno de los adquirientes sea ya propietario.
  • Contrato de compraventa de la vivienda.
  • Certificado energético emitido en fecha anterior o igual a la fecha de adquisición de la vivienda.
  • Informe de tasación de la vivienda financiada realizada a efectos de contratación del préstamo hipotecario.
  • Autorización al ICO firmada por los Clientes para consultar los datos de CIRBE de los mismos durante toda la vida del préstamo avalado.
  • Última declaración de IRPF o, en caso de que no se tenga obligación de presentarla, certificado negativo de la AEAT. Autorización al MIVAU firmada por los Clientes para consultar los datos de la Agencia Tributaria de los mismos durante toda la vida del préstamo avalado.
  • Declaración responsable del Cliente del cumplimiento de los supuestos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Existen límites al precio de la vivienda del aval

El BOE establece, a su vez, el precio máximo de la vivienda, a partir del cuál ya no se ofrece aval. Estos umbrales están fijados en función de la Comunidad Autónoma y oscilan entre los 325.000 euros en la Comunidad de Madrid y los 200.000 euros de Extremadura.

  • Andalucía: 225.000 euros.
  • Aragón: 275.000 euros.
  • Asturias: 250.000 euros.
  • Baleares: 275.000 euros.
  • Canarias: 250.000 euros.
  • Cantabria: 250.000 euros.
  • Castilla y León: 250.000 euros.
  • Castilla-La Mancha: 250.000 euros.
  • Cataluña: 300.000 euros.
  • Comunidad Valenciana: 250.000 euros.
  • Extremadura: 200.000 euros.
  • Galicia: 250.000 euros.Madrid: 325.000 euros.
  • Murcia: 250.000 euros.
  • Navarra: 300.000 euros.
  • País Vasco: 300.000 euros.
  • La Rioja: 250.000 euros.
  • Ceuta: 250.000 euros.
  • Melilla: 250.000 euros.

Cómo solicitar paso a paso los avales del ICO

Después de conocer y tener en cuenta los requisitos, analizar y diseñar un presupuesto para adquirir la vivienda con el aval, para poder acceder a estas ayudas del ICO simplemente se debe acudir a una de las entidades adscritas al programa para iniciar el trámite, que será el mismo que para firmar una hipoteca.

Se deberá proporcionar a la entidad toda la documentación requerida que acredite los requisitos y que se solicita para acceder a la línea de avales. El banco adscrito al programa iniciará los trámites para la firma de la hipoteca con la financiación del aval del ICO, tal y como explican desde el portal especializado Fotocasa.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Según informa el ICO, el plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finaliza el 31 de diciembre de 2025. La Administración aclara que el plazo del aval es "de un máximo de 10 años desde que se formalice la operación, con independencia de la amortización del préstamo". En ese plazo, la vivienda debe ser el domicilio habitual de la persona avalada.

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