¿Cuál es el horario de descanso en las comunidades de vecinos? ¿Hasta qué hora se puede hacer ruido?

Un edificio de viviendas, en una imagen de archivo.
Un edificio de viviendas, en una imagen de archivo.
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Un edificio de viviendas, en una imagen de archivo.

Uno de los principales inconvenientes que se encuentran en los edificios de viviendas es el ruido que puedan realizar los vecinos. Esto se regula gracias a la ley, que recoge, entre otras cosas, hasta qué hora podemos hacer ruido en nuestro hogar.

Tal y como recoge el portal especializado en vivienda Idealista, la norma de referencia es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), pero también es el Real Decreto 1513/2005 de 16 de diciembre, consolidado a 24 de octubre de 2007, que tiene como objetivo desarrollar la Ley 37/2003 del Ruido.

Este texto establece directrices sobre el control del ruido, porque en última instancia, son las comunidades autónomas y los municipios los que tienen la última palabra a la hora de fijar los horarios y niveles de ruido permitidos.

Aunque es cada ayuntamiento el que establece la norma, por regla general se permite el ruido de lunes a viernes, de 8:00 de la mañana a 21:00 o 22:00 de la noche, mientras que los fines de semana y días festivos este horario suele ser de 9:30 a 21:00.

Hay que tener en cuenta que en algunas zonas, hay tramos horarios. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Sevilla obliga a hacer respetar la siesta: de 15:00 a 17:00 horas no se puede hacer ruido.

En cualquier caso, lo que tampoco se puede es superar determinados decibelios, sea la hora que sea. En general, durante el horario diurno está prohibido superar los 35-40 decibelios y durante el nocturno los 25-30.

20minutos

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