A partir del 1 de julio, se endurecen las sanciones a los coches que no cumplan con las normas de circulación en Madrid. Los vehículos que no cuenten con los requisitos no solo tendrán prohibido el acceso a la M-30, sino que también se les multará si circulan por determinadas salidas de la M-40 que pertenecen al municipio de Madrid. La medida busca reducir la contaminación del aire en la ciudad, en cumplimiento de las regulaciones comunitarias y nacionales sobre la calidad del aire.
Esta nueva restricción supone el fin del período de preaviso que comenzó el 1 de enero de 2024, cuando se prohibió la entrada a estos vehículos en todas las vías públicas y urbanas del municipio. Durante estos seis meses, los infractores solo recibían una carta informativa, pero a partir del 1 de julio se aplicarán multas. Estos son los coches que ya no podrán circular por Madrid.
¿Qué coches no podrán circular por Madrid?
- Turismos sin etiqueta ambiental (A): No podrán circular por la M-30 y algunas salidas de la M-40 que den acceso al municipio.
- Coches de gasolina matriculados antes del año 2000.
- Coches diésel anteriores al año 2006.
¿Dónde se aplicarán las sanciones?
- Dentro del municipio de Madrid.
- En determinadas salidas de la M-40 que permiten la entrada a la capital.
¿De cuánto es la multa?
- 200 euros por acceder a una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) sin la etiqueta ambiental correspondiente.
- Se puede reducir a 100 euros si se paga en los primeros 20 días tras recibir la notificación.
¿Qué vehículos sin etiqueta sí podrán circular?
- Vehículos empadronados en Madrid y que paguen el IVTM.
- Vehículos sin etiqueta que no sean turismos (furgonetas, motocicletas, etc.).
- Vehículos utilizados para el traslado de personas con movilidad reducida.
- Vehículos históricos.
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