La Audiencia Nacional condena a 110 años de cárcel a Txapote y Amaia por el asesinato del concejal del PP Manuel Zamarreño

Javier García Gaztelu 'Txapote' e Irantzu Gallastegi 'Amaia' en la Audiencia Nacional este miércoles.
Javier García Gaztelu, Txapote, e Irantzu Gallastegi, Amaia.
EFE
Javier García Gaztelu 'Txapote' e Irantzu Gallastegi 'Amaia' en la Audiencia Nacional este miércoles.

La Audiencia Nacional ha condenado a 110 años de cárcel a los dos miembros del comando Donosti de ETA Francisco Javier García Gaztelu, alias Txapote, e Irantzu Gallastegui, alias Amaia, por el asesinato en junio de 1998 del concejal del PP en Rentería Manuel Zamarreño mediante la explosión de una ciclomotor-bomba. En el atentado también resultó herido de gravedad su escolta y una mujer que se encontraba en las inmediaciones.

En la sentencia, recogida por Europa Press, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal condena a ambos por un delito de asesinato terrorista consumado; por otros dos delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa; lesiones terroristas; estragos; y tenencia, fabricación, transporte y colocación de artefacto explosivo con finalidad terrorista.

Asimismo, el tribunal, con ponencia de la magistrada Ana Revuelta, establece una indemnización de medio millón de euros para la viuda del concejal y cada uno de sus hijos, que en la época de los hechos eran pequeños, y de 600.000 euros para el escolta por las heridas sufridas en el atentado terrorista y el sufrimiento generado por el largo periodo de curación.

El objetivo, "matar a miembros del PP"

La resolución recuerda que el comando tenía como objetivo "matar a miembros del PP", como reflejan los diversos asesinatos ya atribuidos a los integrantes de este comando. Precisa que en las fechas en que se cometió el atentado, el 25 de junio de 1998, se había detenido a todos los integrantes que daban apoyo a este comando.

La Sala se basa en los informes periciales de la Ertzaintza, Policía y Guardia Civil para concluir que ambos acusados fueron los autores materiales del atentado. La sentencia recoge que fue Gallastegui la que adquirió la motocicleta a la que se adhirió entre 1 y 2 kilos de explosivo.

Los magistrados desgranan todos los indicios recabados que conducen a la autoría de los acusados, "de tal forma que estos resultados probatorios no solo se corresponden a lo acontecido sino también descartan otras hipótesis alternativas, que en este caso no fueron ni siquiera defendidas".

Para los magistrados, "la autoría material de los acusados ha quedado acreditada más allá de toda duda razonable". "Los hechos se imputan al comando Donosti, único comando operativo entonces, integrado por los acusados y el fallecido Luis Gueresta, que funcionaban como una célula con los mismos objetivos e intereses", señala.

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