El Constitucional admite el recurso del PP contra el voto telemático de Puigdemont en el Parlament pero no suspende la votación

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PP catalán contra la decisión de la Mesa del Parlament de admitir el voto delegado de Carles Puigdemont y Lluís Puig.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PP catalán contra la decisión de la Mesa del Parlament de admitir el voto delegado de Carles Puigdemont y Lluís Puig.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PP catalán contra la decisión de la Mesa del Parlament de admitir el voto delegado de Carles Puigdemont y Lluís Puig.
El nuevo presidente del Parlament, Josep Rull, poniéndose la medalla de honor de la Cámara en su categoría de oro.
ACN

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PP catalán contra la decisión de la Mesa del Parlament de admitir el voto delegado de Carles Puigdemont y Lluís Puig, ambos diputados electos pero fugados en Bélgica, para la elección de los órganos de la Cámara, si bien ha decidido no suspender de forma cautelar dicha votación.

El PP decidió recurrir que se permitiera votar a Puigdemont y Puig en base a una sentencia del propio tribunal de garantías. Hace dos semanas, el TC anuló el voto telemático de Puig al estimar un recurso de amparo de los diputados del PSC en el Parlament de Cataluña en la anterior legislatura.

Los magistrados concluyeron entonces que no podía ser tenida como "circunstancia constitucionalmente válida" para el voto telemático el hecho de que se encuentre "voluntariamente" fuera del país porque "ha decidido eludir la acción de la jurisdicción penal española". Y recordaron, además, que sobre Puig "pesa una orden judicial de busca y captura".

El Constitucional, a su vez, apuntó que el acuerdo de la Mesa del Parlament en cuestión fue "instrumental con la finalidad exclusiva de intentar dar una apariencia de cobertura normativa a la habilitación del voto telemático a Puig para eludir pronunciamientos previos de este tribunal, pero sin una real vocación de generalidad".

Esa decisión del órgano de garantías de hace dos semanas parecía poner las cosas difíciles al voto de Puigdemont y Puig, que continúan fugados en otro país. Pero finalmente, la mayoría independentista de la mesa de edad provisional del Parlament no tuvo en cuenta esa sentencia y permitió a ambos votar. Esto propició que la Mesa de la Cámara esté presidida por Josep Rull, de Junts, y tenga mayoría independentista.

El Grupo Popular en el Parlament, además de impugnar los acuerdos del 10 de junio, por los que la Mesa de edad avaló que Puigdemont y Puig delegaran su voto, también recurrieron el acuerdo del presidente de la Cámara, que dio por constituido el Parlament. Según ha informado el tribunal, el asunto se ha admitido a trámite por ser "de especial trascendencia constitucional" y puede "tener consecuencias políticas generales". 

Sin embargo, el órgano de garantías ha rechazado suspender de forma urgente los actos impugnados porque "los dos votos delegados no fueron determinantes del resultado de las votaciones celebradas el pasado 10 de junio". 

Los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel han votado en contra del fallo del tribunal, no por la admisión a trámite del recurso de amparo, sino por que consideran que procede "requerir" al presidente de la Cámara, Josep Rull, y al resto de integrantes de la Mesa "que no autoricen la emisión de votos por delegación" de Puig y Puigdemont. 

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