La Fiscalía pide amnistiar a los encausados por el 'procés' y levantar la orden de detención contra Puigdemont

Europa Press

La Fiscalía ha trasladado al Tribunal Supremo dos informes en los que pide aplicar la amnistía a todos los encausados por el procés y alzar las medidas cautelares contra Carles Puigdemont y el resto de huidos. Ambos informes los firman la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, y el fiscal de Sala Jefe de lo Penal, Joaquín Sánchez-Covisa. La postura del Ministerio Público se definió este martes tras una Junta de fiscales de Sala en la que una ajustada mayoría se decantó en favor de la tesis del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que proponía aplicar la amnistía a toda la causa del procés.

En el debate de la Junta, la posición de García Ortiz se enfrentaba frontalmente a la de los fiscales del procés. El núcleo del desencuentro está en los delitos de malversación, pues los cuatro fiscales de la causa no los consideran amnistiables por apreciar que hubo "propósito de enriquecimiento" y pudieron afectar "a los intereses financieros de la UE". El informe final considera que se debe amnistiar ese delito y también el de desobediencia, mucho menos controvertido. 

De los dos escritos elaborados por el Ministerio Público, el primero se dirige al instructor Pablo Llarena y el segundo al tribunal de la Sala de lo Penal que asumió el juicio del procés con Manuel Marchena al frente. La Fiscalía requiere a esta Sala que declare extinguida  la responsabilidad penal de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados en 2019 y posteriormente indultados por el Gobierno de Pedro Sánchez. También reclama que se declare el sobreseimiento libre de las actuaciones contra Clara Ponsatí, procesada por un delito de desobediencia. 

Pese a que los indultos perdonaron las penas de prisión, la aplicación de la amnistía va mucho más allá. Tal y como reclama la Fiscalía, el encaje de la amnistía en la causa implicaría la finalización de las penas de inhabilitación que aún pesan sobre los condenados, así como la "extinción de las "responsabilidades civiles y contables". Y, por último, supondría "la eliminación de los antecedentes penales derivados de la condena impuesta". En definitiva, la aplicación de la amnistía significa el borrado total de los hechos delictivos que condenó el tribunal. 

Otra distinción entre los indultos y la ley de amnistía es que esta última medida de gracia también afecta a aquellos sobre los que no pesa una condena firme, como es el caso de Carles Puigdemont, Toni Comín, Lluís Puig y Marta Rovira, fugados en el extranjero. Los delitos por los que se les investiga, a juicio de la Fiscalía, encajan en la amnistía, así que la institución ha pedido que se archiven las pesquisas y se retiren "las medidas cautelares que se encuentren vigentes". 

No hubo "propósito de enriquecimiento"

La ley de amnistia acota a través de varias indicaciones los delitos de malversación a los que se debe aplicar la medida de gracia. Se amnistiarán cuando se de por acreditado que iban dirigidos a financiar el procés, "siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento". La norma dicta igualmente que no se apreciará enriquecimiento cuando el propósito del malversador no fuera "obtener un beneficio personal de carácter patrimonial". 

El Tribunal Supremo ya determinó, tras la reforma del delito de malversación, que los condenados por el procés incurrieron en ánimo de lucro. El informe de la Fiscalía, construido sobre la tesis de Álvaro García Ortiz, pone de relieve "las diferencias" entre el ánimo de lucro y el "propósito de enriquecimiento". A juicio del Ministerio Fiscal, "el desvío de fondos públicos" para sufragar las consultas de noviembre de 2014 y de octubre de 2017 no supuso "ánimo de enriquecimiento" ni la "obtención de un beneficio patrimonial personal". 

La conclusión se resume en el siguiente párrafo: "Parece razonable concluir que los actos directamente dirigidos a financiar o sufragar las consultas independentistas deben entenderse comprendidos en el ámbito objetivo de aplicación de la ley y, por consiguiente, amnistiados". Esta interpretación, "se compartan o no las motivaciones políticas, ideológicas o incluso filosóficas" del legislador, "constituye la hipótesis interpretativa que en mayor medida contribuye a la consecución de los fines perseguidos con la aprobación de esta norma". 

Los intereses financieros de la Unión Europea

Otra de las condiciones que establece la norma para amnistiar los delitos de malversación es que estos no afectaran "a los intereses financieros de la Unión Europea". Otro requisito cumplido, a juicio de Fiscalía. Los fiscales del procés, que en el debate de este martes defendieron una posición completamente opuesta a la de García Ortiz, consideran que la malversación del procés pudo afectar a los intereses financieros de la UE en tanto que perseguía escindir una parte de su territorio. Pero el informe de la Fiscalía explica que "los condenados siempre fueron perfectamente conscientes de que resultaba inviable la proclamación de la República de Cataluña". 

Además, el documento subraya que "los fondos desviados no eran fondos europeos", sino que formaban parte de los fondos previstos en los Presupuestos Generales del Estados". "El presupuesto de la Unión no sufrió impacto alguno a causa del desvío de fondos para la celebración de la consulta independentista del 1 de octubre de 2017", concluye el Ministerio Público. 

Pedro Buenaventura
Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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