El TSJC suspende cautelarmente el decreto que sitúa el catalán como lengua vehicular en la escuela

Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona
Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona
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Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona

Revés al régimen lingüístico del sistema educativo que aprobó la Generalitat de Catalunya hace dos meses. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido cautelarmente el decreto del Govern en funciones tras estimar el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe. La norma buscaba "blindar" el catalán como lengua vehicular en las escuelas y evitar el 25% de castellano. 

El decreto aprobado durante la reunión del Consell Executiu del pasado 14 de mayo pretendía "dotar de seguridad jurídica" a los centros escolares y dejar claro que el responsable directo del Proyecto Lingüístico de Centro (PLC) de cada escuela es "el Departament de Educació y no la dirección". A pesar de la interlocutoria del TSJC, los centros empezarán el curso 2024/25 con el proyecto ya aprobado anteriormente. 

La consellera de Educación en funciones, Anna Simó, ha lamentado el auto de la Sección Quinta de la Sala de lo contencioso administrativo en una atención a los medios desde Sant Andreu de la Barca (Barcelona). "Esta no es una cuestión nueva, hay jueces del TSJC que sin tener funciones legislativas ni ejecutivas tienen que decidir como debe ser el sistema educativo en Cataluña", ha dicho. 

"La ley, que despliega el título segundo de la Llei d'Educació en Català e incorpora todas las novedades del decreto ley 6/2022 de la Generalitat y la ley 8/2022 del Parlament de Catalunya, había sido trabajada durante mucho tiempo con el consenso de juristas, profesionales y asociaciones", ha recordado. Simó ha remarcado que la norma del régimen lingüístico es "impecable" y, por ello, ha anunciado que presentarán un recurso de reposición de las cautelares "antes del 15 de julio".  

La consellera en funciones ha denunciado que el auto del TSJC hace apreciaciones "más allá de de las aportaciones jurídicas y esperables de unos jueces de un tribunal. Ha acusado a los magistrados de entrar en otros ámbitos y de "extralimitarse" en sus funciones en la redacción de la interlocutoria. 

¿Qué pretendía "blindar" la norma del Govern?

Cuando la portavoz del Govern en funciones, Patrícia Plaja, presentó el decreto, explicó que la medida nacía con la voluntad de "proteger jurídicamente" a las direcciones de los centros en la aplicación del proyecto lingüístico. Un programa que pretendía, hasta la suspensión de la norma, que el catalán fuera la lengua vehicular y de aprendizaje en las aulas. 

Además, el decreto establecía que para acceder al régimen de interino a partir del curso 2025/26 se necesitase el nivel C2 de catalán y el nivel B2 en lengua extranjera. Para los docentes que actualmente se encuentran ejerciendo en el sistema educativo público de Cataluña, a partir del curso 2027/28, la conselleria exigiría la acreditación del nivel C2 de catalán si el Departament d'Educació lo determinase. 

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