Absuelto el acusado de abusar sexualmente "en diversas ocasiones" de su sobrina de siete años en Palafrugell

Acusado de hacerle tocamientos a su sobrina en Palafrugell
Acusado de hacerle tocamientos a su sobrina en Palafrugell
Marina López. ACN
Acusado de hacerle tocamientos a su sobrina en Palafrugell

La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado que se enfrentaba a 6 años de prisión por abusar sexualmente de su sobrina de 7 años "en diversas ocasiones" en 2019 en Palafrugell (Baix Empordà). La sentencia de la sección cuarta argumenta que "no se ha probado, con la seguridad y certeza que requiere cualquier pronunciamiento penal condenatorio" que el procesado aprovechara los momentos que la menor pasaba con su padre para hacerle tocamientos por encima de la ropa en los genitales. El tribunal critica que no se hayan aportado informes psicológicos ni hayan declarado en el juicio los profesionales que atendieron a la menor: "Esta falta de proposición de prueba priva a la sala de elementos de una calidad probatoria muy superior a la aportada".

Al final del juicio, la fiscalía mantuvo la petición de 6 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años y la acusación particular se adhirió. En el informe, el fiscal argumentó que la declaración de la víctima era suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del procesado.

La defensa, encabezada por el letrado Jordi Colomer, pidió la absolución y argumentó que era "imposible" que el procesado hubiera cometido los hechos porque, cuando la niña pasaba tiempo con su padre después de la separación de sus progenitores, él estaba trabajando en Mont-ras. Además, también expuso que no había ningún testigo ni ninguna prueba que avalara la declaración de la menor.

La sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Maria Vila, le ha dado la razón. El tribunal concluye que "no contando con más elementos de prueba que el relato de la denunciante, en ausencia de elementos que lo corroboren objetiva y subjetivamente, y ante la negación de los hechos por parte del acusado, la sala no cuenta con elementos probatorios suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado". "Es procedente dictar una sentencia absolutoria", añade la Audiencia.

El juicio comenzó con la declaración de la menor, que explicó que su tío -que vivía en la puerta de enfrente de la casa de su padre- le hacía tocamientos por encima de los pantalones aprovechando momentos que estaban solos o cuando sabía que otros familiares que había en el domicilio no lo veían. La menor describió varios episodios, como unos tocamientos por debajo de la manta una vez que ella estaba viendo la televisión u otra vez que los habría cometido en la escalera de la casa de su padre cuando la abuela estaba en otra habitación.

El acusado, que declaró al final del juicio, negó los presuntos abusos. El procesado aseguró que la relación que tenía con la niña era prácticamente nula y que solo la vio "dos o tres veces" porque coincidió con ella en el bar de su padre, donde la menor iba a merendar.

La Audiencia argumenta que, más allá de los relatos opuestos de acusado y víctima, no hay ninguna otra prueba que acredite los hechos. Y aquí, el tribunal critica que ni fiscal ni acusación hayan aportado informes psicológicos o hayan citado a declarar a los profesionales que atendieron a la menor. "Esto conlleva que la sala desconozca qué profesional ha llevado a cabo las visitas con la menor, cuál ha sido el motivo de las mismas y si la menor ha sido diagnosticada de algún trastorno que resulte compatible con su relato", lamenta el tribunal.

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