Andalucía

El TC anula las condenas de Chaves y Griñán en los ERE y ordena a la Audiencia dictar nuevas sentencias

El camino judicial de la llamada pieza política del caso de los ERE, que sentó en el banquillo de los acusados a 21 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía, de los que finalmente fueron condenados 16, está a punto de llegar a su fin con las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) de los recursos de amparo presentados por la cúpula de los gobiernos que se vieron involucrados en esta macrocausa. 

Y es que, a los exconsejeros y exviceconsejeros que ya han sido exonerados del todo o en parte se suman ahora los expresidentes Manuel Chaves, a quien la corte de garantías también ha perdonado casi toda la prevaricación por la que fue condenado a nueve años de inhabilitación; y José Antonio Griñán, condenado a seis años de prisión y 15 de inhabilitación por malversación y prevaricación, a quien el tribunal ha exonerado por completo de la malversación, por lo que no tendrá que entrar nunca en la cárcel.

Así lo ha determinado este martes el Pleno del TC, que ha estimado parcialmente los recursos de ambos expresidentes contra las sentencias de la Audiencia de Sevilla de 2019 y del Tribunal Supremo de 2022. Al tiempo que ha ordenado retrotraer las actuaciones a la Audiencia provincial para que dicte un nuevo fallo "respetuoso con los derechos fundamentales infringidos", es decir, acotando los delitos solo a unos hechos determinados y dejando fuera otros que en su día sí se juzgaron. Por lo que las nuevas sentencias rebajarán considerablemente la condena que se les había impuesto a los socialistas.

Las resoluciones del TC, como ha venido ocurriendo hasta ahora, ha contado con los votos particulares de los magistrados del bloque conservador Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla y César Tolosa Tribiño y de la magistrada Concepción Espejel Jorquera. Y se ha producido, además, después de que el Constitucional haya rechazado la petición del PP de apartar por posible incompatibilidad a dos magistrados de los recursos, la vicepresidenta Inmaculada Montalbán y María Luisa Balaguer, al considerar que la composición del Pleno se conoce desde hace un año y medio y que ya se han dictado hasta ahora siete sentencias sin que el PP las recurriera.

Qué dice el TC de Chaves

En el caso del expresidente Chaves, el TC considera que se ha vulnerado su derecho a la legalidad penal por lo que los magistrados del bloque progresista sí han avalado el borrador de la ponencia de Montalbán, que ha seguido la misma doctrina aplicada en el caso de la exconsejera y exministra Magdalena Álvarez. Así, el alto tribunal considera que Chaves debe volver a ser sentenciado por prevaricación, pero solo en lo relativo a las modificaciones presupuestarias de los años 2000 y 2001, y no así por las actuaciones cometidas entre los años 2002 y 2009, con él como presidente de la Junta, cargo que ostentó entre los años 1990 y 2009.

Y es que, detalla de nuevo la corte de garantías, estas últimas actuaciones contaban con el amparo legal de los anteproyectos y proyectos de ley de Presupuestos de la comunidad, cuya elaboración y aprobación en el Parlamento, dice el TC, no puede someterse al control judicial. Además, tampoco pueden constituir un delito de prevaricación ya que "ni son resoluciones ni han recaído en un asunto administrativo", que a los que se refiere el mencionado delito. 

El caso de Griñán

La resolución del TC del recurso de Griñán, que replica las de los exconsejeros Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo, ambos ya excarcelados, apunta a la vulneración del derecho a la legalidad penal y a la presunción de inocencia del expresidente de las sentencias de 2019 y 2022, que lo juzgaron por un lado en calidad de consejero de Economía entre 2004 y 2009 y como presidente desde 2009 hasta 2013.

En lo que a la malversación se refiere, el TC señala que no es exigible una actuación contra legem, es decir, que no es obligatorio actuar para impedir actos amparados en las leyes de Presupuestos en vigor. Y que, aunque hay hechos que sí podrían considerarse como malversación (disponer de fondos públicos de la partida 31L para fines distintos a los previstos), las sentencias de la Audiencia y del Supremo no argumentaron que estos fueran cometidos por el recurrente. Por tanto, exonera por completo a Griñán de este delito, que es el que conlleva pena de prisión.

Respecto a la prevaricación, la corte aplica la misma interpretación ya mencionada en el caso de Chaves: que no se puede considerar como tal la elaboración y aprobación de los Presupuestos, que además no son actos administrativos. En cambio, entiende el tribunal que "no resulta imprevisible ni contrario al derecho a la legalidad penal" la condena por las modificaciones presupuestarias de diciembre de 2004 en el programa 32H, que serán los únicos hechos que tenga en cuenta la Audiencia en su nueva sentencia, por lo que la pena quedará reducida también de manera considerable.

Cabe recordar que la Audiencia ya suspendió en junio de 2023 durante un periodo de cinco años la entrada en prisión de Griñán por el cáncer de próstata que padece. Y que, de forma paralela, el expresidente había solicitado un indulto sobre el que aún tenía que pronunciarse el Ministerio de Justicia. El abogado de Griñán, José María Calero, ha mostrado su satisfacción ante el "final deseado y conseguido con esfuerzo" y ha calificado la decisión como una "buenísima noticia" para el expresidente, sometido a un "tratamiento muy duro". "Es difícil que después de tanto tiempo sufriendo ese daño irreparable pueda tener compensación, pero ha quedado claro que en ningún caso prevaricó y en ningún caso sustrajo ni permitió que nadie sustrajera fondos públicos", ha añadido el letrado, que considera que este es el "final de un túnel larguísimo".

Otros recursos

También ha abordado el TC este martes el recurso de amparo del ex director general de Trabajo Juan Márquez, y en este caso sí ha habido unanimidad de los magistrados para rechazar el mismo, al considerar que no se la vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

Márquez fue condenado por la Audiencia en 2019 a 7 años de prisión y 18 de inhabilitación por malversación y prevaricación, pero el Supremo rebajó su condena a tres años de cárcel y siete de inhabilitación al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño, pena que fue suspendida durante un año a la espera de la resolución de indulto que solicitó. 

Coordinadora Sevilla

Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas por ESERP. Dedicada desde hace más de veinte años al mundo de la comunicación, la mayor parte de ellos en revistas especializadas y prensa escrita, aunque también he pasado por gabinetes de prensa institucionales. Formo parte del equipo de 20minutos desde el año 2010, donde desarrollo tareas de redacción y coordinación para Andalucía, tanto para la edición digital como para la edición local de Sevilla en papel.

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