El Constitucional suspende de forma cautelar la ley trans de Madrid al admitir el recurso del Gobierno

El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este jueves de forma cautelar la reforma de la ley trans y LGTBI aprobada a finales de 2023.
El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este jueves de forma cautelar la reforma de la ley trans y LGTBI aprobada a finales de 2023.
El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este jueves de forma cautelar la reforma de la ley trans y LGTBI aprobada a finales de 2023.
Sede Tribunal Constitucional.
Europa Press

El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este jueves de forma cautelar la reforma de la ley trans y LGTBI aprobada a finales de 2023 por la Comunidad de Madrid al haber admitido el recurso de inconstitucionalidad que registró el Gobierno de Pedro Sánchez, que considera que las modificaciones son "regresivas".

En su recurso, el Gobierno había invocado el artículo 161.2 de la Constitución, según el cual las impugnaciones provenientes del Ejecutivo central conllevarán la suspensión de la disposición recurrida. Por tanto, el tribunal ha suspendido la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados.

Concretamente, el Ejecutivo cree que los apartados 11, 12, 15, 17 y 22bis del artículo uno de la ley podrían vulnerar hasta cuatro artículos de la Constitución. Además, alega que podría haber un conflicto de competencias entre la Comunidad de Madrid y el propio Gobierno central. Los apartados se centran en la atención sanitaria a las personas trans, y el 11 en concreto establece que las personas transexuales tienen derecho a "recibir, llegado el caso, acompañamiento y tratamiento en la decisión de desistir o revertir el proceso de cambio de sexo". 

El apartado 12 modifica el artículo 14 de la ley del Gobierno y establece que para iniciar el tratamiento de las personas transexuales menores de edad "será requisito necesario que previamente reciban apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil". Por otro lado, el apartado 15, sobre la transexualidad en los centros educativos, establece que "si realizan actividades diferenciadas por sexo, se garantizarán las necesidades del alumno transexual, sin menoscabo de los derechos y la intimidad de los demás alumnos, especialmente de las chicas".

En la misma línea, el apartado 17 obliga a asegurar el pleno respeto a las personas transexuales en "los centros de menores, pisos tutelados, centros de atención a personas con discapacidad, residencias de la tercera edad o en cualquier otro recurso que acoja a personas especialmente vulnerables", pero "sin menoscabo de los derechos y la intimidad del resto de usuario, especialmente de las niñas y mujeres". 

Por último, el también recurrido apartado 22bis, que hace referencia entre otros a "las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos de personas trans y aquellas que tengan por objetivo la defensa y promoción de derechos humanos". Todas ellas, según la norma, no tendrán la condición de interesados en los procesos penales ni en los procedimientos administrativos sancionadores. 

Cuando el Gobierno anunció el recurso, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, tildó la norma autonómica de "regresiva" y afeó a la Comunidad de Madrid que estableciera "nuevos requisitos" para la protección de derechos del colectivo LGTBI. 

"Son leyes que vienen a reducir, limitar y a imponer nuevos requisitos a los derechos que ya se reconocían en leyes previas de la Comunidad de Madrid", aseveró la titular de Igualdad. Por ejemplo, en lo referente al asesoramiento psicológico, la ministra culpó a Isabel Díaz Ayuso de fomentar "formas encubiertas de este tipo de pseudoterapias". E inculpó a la popular de la "patologización que se hace de los menores trans, a quienes se les exige ahora un examen médico si quieren hormonarse para transitar". 

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