Empleo

Este es el requisito necesario para jubilarse a los 63 años con el 100% de la pensión

Dos personas mayores caminan bajo la sombra de un árbol.
Europa Press

La mayoría de trabajadores que están cerca de la edad de jubilación comprueban si cumplen los requisitos para acceder al retiro anticipado que ofrece la Seguridad Social (SS). 

Si la petición es voluntaria, la SS permite jubilarse hasta dos años antes de lo preestablecido y siempre que se cumplan el mínimo de años cotizados porque si no, es posible que se te penalice.

En 2024 se ha modificado la edad de jubilación y los años cotizados necesarios para acceder a la pensión. Esta modificación tiene como objetivo fijar la edad legal a los 67 años en 2027.

En 2025, en la modalidad voluntaria, esto es posible solo si tienen derecho al retiro a los 65 años y cuando hayan cotizado un mínimo de 38 años y tres meses. Si no es así, hay que esperar hasta los 64 años y ocho meses.

También es posible un retiro involuntario hasta cuatro años antes, por lo que podría gestionarse desde los 61 años. Además, no se podrán tener deudas con la Seguridad Social y siempre hay que estar dados de alta en la administración.

Como aclara la administración, para la jubilación anticipada voluntaria en específico se relaja ese periodo y los trabajadores deberán acreditar un mínimo de 35 años de cotización efectiva en alguno de los regímenes contributivos, siendo el mínimo de 36 años y seis meses si se quiere cobrar el 100% de la base reguladora que corresponde. A esta ayuda contributiva se puede acceder con solo 15 años cotizados, pero solo se tendrán derecho al 50% de esa pensión.

La Ley General de la Seguridad Social prevé penalizaciones para aquellos jubilados anticipados con "coeficientes reductores". Estos coeficientes son unos porcentajes aplicables "sobre la cuantía de la pensión por cada mes de adelanto". La normativa legal de la Seguridad Social establece que, a pesar de haber cotizado lo suficiente, las cuantías recibirán un recorte "por cada mes de adelanto hasta un máximo de 24 meses".

Además, estas profesiones pueden contemplar la jubilación a los 63:

  • Trabajadores del Estatuto Minero.
  • Trabajadores del mar.
  • Trabajadores ferroviarios.
  • Profesionales taurinos (matadores, rejoneadores, picadores y toreros cómicos).
  • Artistas.
  • El personal de vuelo.
  • El cuerpo de la Ertzaintza.
  • Los bomberos de las administraciones públicas.
  • Los policías locales.

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